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03/10/2012 Ambito Financiero

Nota - Información General - Pag. 17

Giro: se reabre la causa LAPA

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento del expresidente y exdirector general de la empresa aérea LAPA por el accidente del avión en el Aeroparque porteño que causó 65 muertos el 31 de agosto de 1999, al entender que el delito no está prescripto como había considerado el tribunal oral que dictó las absoluciones en 2011.

El fallo de la sala IV del máximo tribunal penal recayó sobre quien en 1999 era presidente de la empresa, Gustavo Deutsch y su director general, Ronaldo Boyd.

El fallo considera que el cálculo para la prescripción penal, es decir, el cierre del caso por el paso del tiempo, debía hacerse sobre la base del delito de «estrago doloso agravado» y tomando la fecha de la citación a juicio oral como interruptiva del cálculo, según los camaristas Mariano Borinsky y Juan Gemignani con la disidencia de Ana María Figueroa.

Actualmente la calificación jurídica de lo ocurrido está a estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que debe pronunciarse entre el estrado doloso agravado sostenido por la querellante «Asociación Civil Víctimas Aéreas» en un recurso extraordinario federal contra el «culposo», con penas más leves, que pretenden las defensas.

Casación entendió que hasta que la Corte no se pronuncie, los directivos no pueden ser sobreseídos sobre la base de la figura penal más leve, ya que si el máximo tribunal del país cambia esta decisión, quedarían sujetos a la causa.

El llamado a juicio se concretó el 2 de octubre de 2007 y «se advierte que desde dicha fecha no ha operado el término prescriptivo de doce años computables», consideró el fallo.

Tanto para el Tribunal Oral que juzgó el caso como para la misma sala de Casación que lo confirmó, el delito fue «estrago culposo agravado» pero esto está a estudio en la Corte Suprema

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