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08/06/2013 Clarin

Nota - Cartas de Lectores - Pag. 26

La Corte declaró inconstitucional el pago de sumas fijas en los convenios

ALGUNOS ACUERDOS PARITARIOS PODRÍAN SER REVISADOS

La Corte Suprema de Justicia declaró que las normas de los convenios colectivos que establecen sumas no remunerativas son inconstitucionales. A partir de este fallo, que lleva fecha de anteayer y que fue firmado por unanimidad por los miembros del alto tribunal, los trabajadores podrán reclamar ante la Justicia que se les computen para aguinaldo, vacaciones, pago de accidentes de trabajo y horas extras de los últimos dos años.

Los expertos estiman que ese efecto beneficioso para los trabajadores, sin embargo, podría generar algunas trabas en las paritarias que se están negociando en estos días. Ocurre que ya se ha convertido en una práctica tradicional el acuerdo entre empresarios y sindicalistas para incorporar sumas no remunerativas en los convenios: esta modalidad le permite al sector patronal no pagar las cargas sociales y a los trabajadores, cobrar en forma neta el porcentaje acordado.

Pero existe un efecto indeseado: puede haber conflictos a la hora de despidos o accidentes de trabajo para definir el carácter salarial de esas sumas no remunerativas y, además, provoca la desfinanciación del sistema de seguridad social, que no recibe ningún aporte efectivo de los incrementos no remunerativos.

La Corte fijó este criterio al dictar una sentencia en el caso “Díaz, Paulo Vicente contra Cervecería y Maltería Quilmes”.

En esta demanda, por un lado, ratifica el carácter salarial de los vales alimentarios, ya derogados por ley en 2009, tal como el propio tribunal estableció en la causa “Pérez, Aníbal Raúl contra Disco S.A.”.

Y por otro lado declara la invalidez de una cláusula convencional mediante la cual se pactó un anticipo salarial de suma fija en 2005. Fue cuando el gobierno de Néstor Kirchner, con la excusa de la emergencia económica, disponía por decreto el pago de aumentos no remunerativos.

Entre los analistas laborales, hay quienes interpretan que el fallo podría tener un “tinte político” que favorece los intereses de la Casa Rosada. Destacan que el fallo se firmó luego de que varios gremios oficialistas acordaron sus paritarias con sumas no remunerativas y en medio de ásperas negociaciones salariales de sindicatos anti-K, como camioneros, que ahora podrían trabarse por la eventual negativa de los empresarios a pagar los costos laborales adicionales que representan los incrementos pactados mediante sumas no remunerativas.

Entre los gremios oficialistas, por ejemplo, los mercantiles de Armando Cavalieri firmaron por un 24% anual, no remunerativo y no acumulativo. Y la Unión Obrera Metalúrgica que encabeza Antonio Caló también acordó un 24%, con el agregado de una suma fija no remunerativa de 1.400 pesos en dos cuotas.

El pago de las sumas fijas se generalizó a partir de 2001, como una forma de que las empresas pudieran dar aumentos en medio de la crisis. Pero la modalidad se mantuvo y, en la práctica, es habitual que la suma fija se termine incorporando al sueldo básico.

Es cierto que la Justicia interpreta que, como estableció la Corte en la causa “Pérez, Aníbal Raúl contra Disco S.A.”, todo lo que recibe el empleado como contraprestación de su trabajo es considerado salario, pero este nuevo fallo de la Corte, más allá de lo que había definido en cuanto a los tickets de comida, avanza más al fijar que son inconstitucionales las sumas fijas que se incorporan en los convenios colectivos.

Para el abogado Luis Ramírez, vicepresidente de la Asociación de Abogados Laboralistas y asesor legal de muchos gremios importantes, el fallo de la Corte es “claramente beneficioso” para el trabajador, ya que “se hizo uso y abuso de la calificación de no remunerativo de muchos aumentos salariales”.

Su colega Gustavo Ciampa, del estudio de Héctor Recalde, destacó que la sentencia “permite hacer respetar la esencia de lo que es la remuneración” y admitió que ahora obligará a que las paritarias en curso “se readecuen” a lo establecido por la Corte.


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