buscador

16/07/2015 - Clarín - Nota - Sociedad - Pag. 41

Por primera vez, le ponen un freno al vuelo de los drones

Los operadores deberán registrarse y sacar un seguro. Exceptúan a las naves de uso hogareño.

El gran avance de la tecnología de los últimos años popularizó el uso del drone. Y hoy, con apenas 3 mil pesos, cualquiera puede comprar un aparato capaz de volar con una autonomía relativamente decente.

Pero dentro de cuatro meses, pilotear estos aparatos no será tan fácil.

Mediante la Resolución 527/2015, publicada ayer en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), regula la utilización de drones en todo el territorio nacional. Con alguna excepción en el caso de los drones más pequeños cuando se usan con fines recreativos o deportivos, la nueva norma aplica fuertes restricciones al uso de estos vehículos no tripulados. La nueva norma entrará en vigencia dentro de 120 días.

La resolución determina que toda persona que quiera utilizar un dron deberá contar con una autorización expedida por la ANAC, “con excepción de los vehículos pequeños (de hasta 10 kilos) con fines deportivos o recreativos”. Más concretamente, todos los drones de más de 10 kilos entran dentro de las restricciones generales de la norma. “Los que pesan menos y son para uso personal o casero, como para sacarse una selfie, no están incluidos, pero si lo están los profesionales, por ejemplo los que se usan para filmar en la vía pública, aunque pesen menos de 10 kilos”, graficaron a Clarín desde la ANAC.

A la vez, la nueva norma restringe el uso de los drones en áreas cercanas a aeropuertos, helipuertos y otros corredores aéreos.

Otra restricción que impone la ANAC es que durante el vuelo de un dron su operador deberá mantener con él “visibilidad directa y continua”.

La reglamentación obliga además a los propietarios u operadores de drones “a contratar un seguro de responsabilidad por los daños a terceros que pudiera ocasionar su operación”. En este punto, la nueva norma es taxativa; dice: “No se autorizará la circulación aérea de vehículo alguno (?) a menos que acredite tener asegurados tales daños”. Este ítem no alcanza a las aeronaves más pequeñas cuando se usen para recreación o deporte.

Además, quienes operen un dron deberán contar con un manual de operaciones y un sistema de gestión de riesgos adecuado.

Con la nueva reglamentación, los drones podrán volar solo durante horarios de luz solar y en condiciones meteorológicas de buena visibilidad. De modo que, salvo autorización especial, quedan prohibidos los vuelos nocturnos.

Salvo en el caso de drones pequeños que se usen con fines recreativos, los demás drones deberán inscribirse en un registro y deberán llevar una placa de identificación inalterable en su estructura. Sus operadores deberán contar con un certificado de “aptitud psicofisiológica” y haber acreditado “mediante una evaluación por parte de la autoridad aeronáutica, su aptitud para operar en forma segura el tipo de vehículo aéreo o sistema para el cual solicite autorización”.

Respecto de los drones pequeños que se utilicen con fines recreativos o deportivos, se establece que deberán ser operados por mayores de 18 años o por mayores de 16 años bajo la supervisión de un mayor.

Los vuelos de estos equipos deberán desarrollarse en un radio nunca inferior a los 30 metros en la horizontal y de 10 metros en la vertical respecto a personas ajenas a la tripulación remota. W

Cada vez más. Drones, los nuevos habitantes del paisaje urbano. Rojas

Los alcances de la norma

Recreativos Los drones de menos de 10 kilos, recreativos o deportivos, podrán volar sin estar registrados y no deberán tener seguro.

El operador deberá ser mayor de 16 años y el vuelo nunca inferior a los 30 metros en la horizontal y de 10 metros en la vertical respecto a terceros.

Profesionales Los drones con fines profesionales o de más de 10 kilos deberán tener seguro contra terceros y llevar patente.

Los pueden volar mayores de 18 años registrados, con un certificado de aptitud psicofisiológica, y a una altura máxima de 122 metros.

D'Onofrio 158 - (1702) Ciudadela - Buenos Aires - Argentina - Teléfono: +54 011 4653 3016/19/19
aviones@aviones.com
pie_linea
cartel_apta