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16/06/2015 - iProfesional.com - Nota

Por riesgo de choque, el Gobierno regulará la seguridad en vuelos de drones

La legislación apuntará a garantizar el espacio aéreo para evitar posibles colisiones con aeronaves o con personas, ante eventuales fallas y caídas de estos objetos. Como sucede con las tecnologías de la información y la comunicación, su uso recién ahora comienza a ser reglamentado a nivel mundial

En los próximos días entrará en vigencia una reglamentación que fijará pautas para controlar el uso de los vehículos aéreos no tripulados, popularmente conocidos como drones, una norma que impulsa la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

La legislación sobre drones apuntará a garantizar la seguridad en el espacio aéreo para evitar posibles colisiones con aeronaves o con personas, ante eventuales fallas y caídas de estos objetos

La utilización de drones ya es una realidad aunque, como sucede con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), su uso recién ahora comienza a ser reglamentado a nivel mundial.

En el caso argentino, la ANAC presentó un reglamento provisional de los vehículos aéreos no tripulados que fue elaborado con el Centro de Aeronáutica y Espacial del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), entre otras entidades involucradas.

Es muy común la utilización de estos vehículos para realizar filmaciones en estadios o espectáculos de todo tipo.

Pero estos dispositivos también son de gran utilidad en ámbitos tan variados como la agricultura de precisión para hacer fertilización selectiva; como apoyo de mantenimiento de plantas industriales petroquímicas donde se suele trabajar con equipamiento a 50 metros de altura. O en monitoreo ambiental y de seguridad en situaciones de catástrofe, entre otros usos posibles explicó Raúl Mingo, director del Centro de Aeronáutica y Espacial del INTI.

Ante esta realidad y los eventuales usos que tendrán los drones a futuro, la Organización de Aviación Civil Internacional alienta a los Estados miembros para que contribuyan a la elaboración de políticas regulatorias que hagan posible la integración de los sistemas tripulados con piloto en la aeronave y tripulados con piloto en tierra, para el espacio aéreo controlado y no controlado, y a considerar sus diferencias fundamentales, según una circular emitida recientemente por el organismo.

Los drones no son reconocidos como aeronaves por carecer de un piloto que los tripule a bordo. Es por eso que el código aeronáutico no contemplaba el uso de los vehículos aéreos no tripulados y se hace necesaria una reglamentación específica que contemple a los pilotos desde tierra, explicó Mingo.

Para la elaboración de la nueva normativa, las recomendaciones realizadas a la ANAC por parte del INTI contemplaron dos puntos fundamentales: la seguridad y el apoyo a las actividades productivas.

Además de garantizar la seguridad de las personas, el INTI apuesta a que esta regulación permita fortalecer una industria que está en estado latente en la Argentina y que tiene una buena base tecnológica para patrocinarla, aseguró el experto del instituto gubernamental.

Mingo señaló que existen pequeñas y medianas empresas (Pymes) que comercializan drones tanto en el país como en el exterior, por lo que se espera que las regulaciones sean lo suficientemente amplias como para no limitar estas actividades.

Pero debemos ser cautos para evitar daños a terceros para lo que se hace necesario que se contemple la necesidad de incorporar sistemas de seguridad y control de vuelo remoto desde la tecnología que permitan ampliar el campo de utilización de estos vehículos aéreos, reparó.

El director de INTI-Aeronáutica y Espacial explicó que para una mayor seguridad, los drones podrían contar con sistemas de navegación autónomos (programas informáticos asociados a la dinámica del vuelo) que les permitirían tomar decisiones ante pérdidas de enlace a tierra. Esta posibilidad, con una justa y exhaustiva validación tecnológica del modelo, aumentaría sin lugar a dudas la promoción industrial de estas aeronaves con una adecuada seguridad de vuelo ya que permitiría la operación de estos dispositivos más allá del campo visual de quien lo opere, afirmó.

En este punto, Fabián Schinca, jefe de Normativa Aeronáutica de la ANAC, advirtió que la reglamentación hace hincapié en la seguridad operacional para evitar el riesgo tanto a aeronaves como a personas.

Por tal motivo, se establece que los drones operen en lo que se denomina espacios aéreos segregados.

Se trata de espacios de dimensiones especificadas asignados a usuarios determinados y que se encuentran alejados de los centros urbanos para realizar actividades recreativas o deportivas, como sucede en el caso del aeromodelismo.

En lo referente al espacio aéreo no segregado, es decir, el espacio controlado que comprende las zonas urbanas, las inmediaciones de los aeródromos y las aglomeraciones de personas, el reglamento establece restricciones para el vuelo de drones, tanto en altura como distancia, que, de acuerdo al tipo de operación que pretenda efectuarse y de las medidas de seguridad con las que se cuente, se podrá evaluar excepcionalmente caso por caso la autorización de los vuelos con estos dispositivos, aseveró el referente de la ANAC.

Por ejemplo, la autorización del uso de drones para filmación en estadios o espectáculos públicos tendrá en cuenta los aspectos de seguridad con que cuente el dispositivo. Si hubiera una interferencia en la señal, o el dispositivo perdiera el enlace o se quedara sin batería, el drone deberá tener incorporado un sistema de seguridad, es decir, un dispositivo de recuperación con memoria de recorrido para que el vehículo vuelva al punto de retorno o descienda de forma controlada a baja velocidad para evitar accidentes, detalló Shinca.

Para elaborar la reglamentación, el INTI sugirió la incorporación del Sistema Métrico Legal Argentino (Simela) ya que el ambiente aeronáutico se maneja con el sistema anglosajón que mide la altura en pies y no en metros.

Ahora se van a tener en cuenta ambos sistemas, advirtió Shinca. También nos recomendó que contemplemos sistemas de operación híbridos, que no son plenamente autónomos sino que requieren de un piloto en tierra que puede intervenir en las operaciones en cualquier momento ante una eventual falla, explicó.

Se sugirió también que se habiliten los vuelos nocturnos ya que es posible garantizar su seguridad, siempre y cuando el dispositivo cuente con el sistema de iluminación y balizas correspondiente, dijo el jefe de Normativa Aeronáutica de la ANAC.

Privacidad

Otra norma, publicada el 27 de mayo en el Boletín Oficial, reguló la utilización de drones para la captura y el tratamiento de datos personales, a partir de una disposición enviada por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

La nueva norma estableció que todas aquellas fotografías y videos que son obtenidos mediante el uso de drones pueden implicar un riesgo para la privacidad de las personas, por lo que deben estar sujetos al régimen de la ley de protección de datos personales.

A partir de la promulgación de esta norma, todas las imágenes logradas por un dron que incluyan información personal tendrán que contar con el consentimiento de la persona involucrada.

Sin embargo, el consentimiento no será necesario cuando los datos sean recolectados de un acto público o de un hecho sobre el que pueda presumirse la existencia de un interés general para su conocimiento y difusión al público, indicaron fuentes del Ministerio de Justicia.

La ley exime de permisos también en el caso de usar drones dentro de una propiedad privada y cuando el Estado utilice dicha tecnología para la atención de personas en situaciones de emergencia.

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