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30/05/2015 - La Voz del Interior - Córdoba - Nota - Cuerpo Principal - Pag. 10

No prescribió causa contra Jaime y quedó firme el juicio oral

La resolución fue adoptada por la Cámara de Casación Penal, que rechazó planteos de la defensa / Se trata del proceso por dádivas.

Buenos Aires. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el juicio oral y público al exsecretario de Transporte de la Nación Ricardo Jaime y al empresario Claudio Cirigliano por el pago de viajes en avión, considerado en este caso una dádiva, y le ordenó al juez de la causa “la mayor celeridad” en la tramitación del expediente.

Fuentes judiciales informaron que la Sala IV de Casación rechazó por “inadmisibles” los planteos de la defensa de Jaime y del resto de los acusados que solicitaron la prescripción de la causa.

Se trata de la causa en la que Jaime fue enviado a juicio oral y público por el delito de dádivas porque, según el expediente, entre 2006 y 2009 recibió 15 viajes en avión a Brasil, Uruguay y Córdoba de los Cirigliano y de Jorge Molina, exdirectivo de Aerolíneas Argentinas, a quienes por su función como secretario de Transporte debía controlar.

Jaime y Cirigliano están actualmente siendo juzgados por la tragedia ferroviaria de Once. Junto con Jaime y los empresarios también fueron enviados a juicio oral Manuel Vázquez – mano derecha del exfuncionario– y su hijo Julián Vázquez.

El juez Ercolini fijó en dos oportunidades fecha de juicio oral pero fueron postergadas por las presentaciones que hacían las defensas para evitar el comienzo.

Ante la inminencia de la prescripción de la causa, el magistrado suspendió el año pasado esa interrupción porque entendió que la defensa de Jaime hizo una serie de presentaciones que demoraron el inicio del juicio y que se trata de una “acción común de las defensas con clara finalidad dilatoria”.

Rechazo de Casación

La defensa de Jaime y la del resto de los acusados apelaron y ahora la Casación rechazó los planteos y dejó firme el juicio. Para los jueces Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky, los planteos no son contra una sentencia definitiva –materia en la que interviene Casación– y “no ha sido alegada en concreto la casación de un perjuicio de imposible o tardía reparación ulterior”.

Los magistrados también respaldaron al juez Ercolini al sostener que los acusados no demostraron la “existencia de una irrazonabilidad en la duración del trámite de la presente causa, ni su prolongación injustificada”.

El tribunal expresó que la razonabilidad de la duración de una causa se evalúa desde distintos aspectos, uno de ellos la “conducta del imputado”. Sin embargo, los magistrados le pidieron a Ercolini que “con la mayor celeridad posible continúe con el trámite de los presentes actuados”.

Por otra parte, Casación recordó que se investiga el delito de dádivas, “calificado por convenciones internacionales como actos de corrupción”, y que el Estado argentino se comprometió a combatirlo con la firma de distintos tratados internacionales.

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