Hasta el 31 de julio último este sistema estuvo a cargo de la Fuerza
Aérea Argentina, pero ahora quedó en manos del organismo creado por el
Gobierno Nacional para el control del movimiento aéreo en el país.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) asignó a la Empresa
Argentina de Navegación Aérea (EANA), la implementación de un Sistema de
Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) para los Servicios de
Navegación Aérea, de acuerdo con las normas y métodos internacionales
recomendados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
La resolución 1205 publicada hoy en el Boletín Oficial, también
establece que será la Dirección de Inspección de Navegación Aérea la
dependencia encargada de autorizar, evaluar y vigilar la propuesta de
EANA.
Entre los requisitos especificados en la norma, se indica que el
proveedor de servicios deberá implementar un Sistema de Gestión de la
Seguridad Operacional que identifique los peligros y evalúe sus
consecuencias; asegure que se apliquen las medidas correctivas
necesarias para mantener un nivel aceptable de seguridad; desarrolle una
vigilancia permanente y evaluación periódica del nivel de seguridad
logrado y tenga como meta mejorar el nivel global de seguridad en forma
continua.
De la misma manera se detalla que el proveedor del servicio deberá
identificar al responsable y las responsabilidades relativas a la
seguridad operacional de todo el personal de conducción; realizar una
descripción del sistema y un análisis de las carencias de los recursos
existentes en la organización, en relación con los requisitos exigidos
para el establecimiento del SMS. Remarca además que tanto el nuevo
sistema como el desarrollo de su Plan de Implementación deberán
formularse de conformidad con los lineamientos establecidos por las
normas de la OACI, y el Manual de Fundamentos para la implementación del
Sistema de gestión de la Seguridad Operacional (SMS) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Para la implementación
del SMS se establece un plazo de 180 días corridos para la presentación
de la Fase 1 del SMS que comprende la prestación de los servicios de
navegación aérea en los aeropuertos pertenecientes al Sistema Nacional
de Aeropuertos, mientras que para las Fase 2, 3 y 4, que abarca al resto
de los servicios de navegación aérea, se tomará como referencia un plazo
de 24 meses.