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11/07/2017 - Cronista.com

Salvo a Uruguay, sin vuelos regionales desde Aeroparque




El Gobierno confirmó que, a partir del primero de abril de 2019, los vuelos con países de la región dejarán de operar en el Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery y que esos viajes deberán partir y aterrizar desde Ezeiza. Asimismo, ninguna aerolínea podrá incorporar servicios en la aerostación.

Según se publicó ayer en el Boletín Oficial, a partir del primero de abril de 2019, el Aeroparque porteño quedará exclusivamente habilitado para la operación de aeronaves afectadas a servicios de transporte aéreo regular interno y las que tengan como origen o destino el Uruguay.

Con esta decisión, el Gobierno bloquea a gran parte del negocio de las denominadas líneas aéreas "low-cost", ya que no podrán tener su cabeza de operaciones en la aeroestación. Si, en cambio, podrán operar las aeronaves afectadas a servicios de transporte aéreo no regular, que tuviesen su autorización por parte de esta ANAC para la explotación de servicios aéreos y su base de operaciones en el Aeroparque.

También las empresas de transporte aéreo no regular cuya capacidad máxima sea de hasta 19 asientos, excluyendo los de la tripulación, tendrán prohibido el pernocte en el aeropuerto, limitándose su permanencia en plataforma Sur a dos horas.

Las destinadas a aviación general, siempre y únicamente cuando cuenten con un peso m máximo de despegue (MTOW) superior a 31 toneladas, exclusivamente para el ascenso y descenso de pasajeros sujetas a la disponibilidad de espacio para la operación terrestre. Esas aeronaves operarán a través de la Terminal Sur del Aeroparque Jorge Newbery, quedando estrictamente prohibido el pernocte en el Aeropuerto. Estará limitada su permanencia en plataforma Sur a dos horas.

También podrán operar en el Aeroparque las afectadas al servicio del poder público y las que pertenezcan o sean explotadas por el Estado Nacional, las provincias o el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Del mismo modo podrán hacerlo las aeronaves que deban realizar un transporte sanitario o humanitario; las que se encuentren en emergencia; y las afectadas a operaciones de búsqueda, asistencia o salvamento.



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