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11/02/2018 - LetraP.com.ar

Incendios: más problemas con los helicópteros que alquiló Bullrich en Chile




Un documento de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de Chile sostiene que los cuatro helicópteros trasandinos que alquiló el Sistema Nacional de Manejo del Fuego a través del Ministerio de Seguridad de la Nación no son aptos para trasladar pasajeros, aunque son utilizados para esa función en las tareas de combate de incendios en la Patagonia argentina.

La señal de alarma ocurrió el 24 de enero, cuando una nave modelo UH-1D perteneciente a la flota de la empresa Helicópteros del Pacífico (HDP), tuvo que realizar un aterrizaje de emergencia en la zona de Río Chico, Villa La Angostura, cuando se dirigía a combatir un incendio forestal en el paraje llamado Anecón Grande. La información fue reflejada por el medio local La Angostura Digital y alimentó las preocupaciones sobre la capacidad técnica de esas naves para cumplir con los requerimientos de la contratación directa que ordenó el subsecretario de Operaciones de Protección Civil, Daniel Osvaldo Russo .

El disparador de las sospechas sobre los riesgos de la operación gira en torno al certificado de revisión de los helicópteros que realizó la DGAC el 5 de agosto de 2016, al que accedió Letra P . De acuerdo a la primera de las 14 notas pertinentes del documento sobre el modelo alquilado, "esta aeronave no está autorizada para efectuar transporte remunerado de carga de pasajeros. El transporte de carga de pasajeros está limitado a aquella que sea incidental a la actividad comercial del explotador, la cual no es de transporte aéreo", sentencia el certificado, que lleva la firma de Carlos Rojas , jefe del Subdepartamento de Aeronavegabilidad de la DGAC.

MAMPOSTERIA DE JUSTIFICACIONES. El "susto" que reflejaron los medios barilochenses ocurrió un mes después de la solicitud de "excepción" que presentó la empresa HDP ante la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para que -como informó este portal en forma exclusiva- le extendiera un permiso especial para ocho aeronaves del mismo modelo, debido a la contratación resuelta por la cartera de Seguridad. El 9 de enero, dos semanas después, el organismo de control autorizó a cuatro de las ocho naves y argumentó que ,"conforme a la documental remitida cuenta con capacidad técnica para brindar los servicios de combate de incendios de bosques y campos y traslado de personal complementario a los trabajos aéreos a realizar y directamente relacionado con la actividad". El argumento busca responder a la advertencia técnica chilena sobre la incapacidad de esas naves para transportar pasajeros.

La segunda nota de la revisión chilena sostiene que "las aeronaves en categoría restringida no pueden ser operadas en un país extranjero sin la aprobación escrita y expresa de la autoridad aeronáutica correspondiente de ese país". En respuesta, la ANAC consideró que, "ante la inminencia del inicio de las tareas y habida cuenta de la repercusión negativa que tendría ante una eventual denegatoria en las operaciones, se da al petitorio trámite de excepción, por cuanto los tiempos administrativos resultan aplicables", dice la resolución firmada el 9 de enero pasado por el funcionario Paolo Marino , en respuesta a la nota de "excepcionalidad" que presentó la empresa chilena el 26 de diciembre de 2017, cuatro días después de la contratación directa que resolvió Russo.

El apuro de la contratación y el pedido es justificado por la ANAC, que finalmente consideró "que razones operativas de urgencia y de especificidad en la tarea a realizar justifican el empleo de helicópteros de matrícula extranjera y operada por pilotos extranjeros", sostiene la resolución 2018-2-APN-ANAC#MTR, que reveló Letra P . La celeridad y el secretismo del trámite lograron sortear los obstáculos legales y administrativos, pero las sutilezas de la maniobra expuestas tres semanas después con el aterrizaje de emergencia.

MALESTAR DE LOS COMPETIDORES. "Está claro que esas naves no pueden trabajar transportando gente, salvo excepciones, y tampoco podrian volar, salvo excepciones, en términos normales y en condiciones normales", sostuvo una fuente vinculada al sector, que pidió la reserva de su identidad. "No hace falta remarcar que hay empresas argentinas para estas tareas y ese es otro argumento por el cual no deberian volar, pero la excepción de la ANAC se los permite. En este ambiente aeronáutico se sabe que esos helicópteros son obsoletos por como están configurados hoy. Son rezagos de guerra y por eso vuelan por excepción", acusó la fuente en referencia al certificado chileno, que pone como primera fecha de vuelo el 5 de noviembre de 2004, a cargo del fabricante Helicópteros Garlick, que le vendió las naves a la empresa trasandina en octubre de 2007. La hoja de ruta revela que las aeronaves ya cumplieron 13 años de vida y hace 11 años que están en manos de la firma que preside Leonardo César Bonfiglio .

Los helicópteros comenzaron a operar antes de la firma de las excepcionalidades y su despliegue coronó una serie de problemas de la administración Cambiemos con el Sistema Nacional de Manejo del Fuego, que hasta mediados del año pasado dependía del Ministerio de Ambiente y Espacio Sustentable, conducido por Sergio Bergman , pero que luego pasó a manos de Patricia Bullrich . Antes del cambio de ministerio la ANAC ya le había advertido a los funcionarios del SNMF las dificultades legales para que pudieran contratar aeronaves extranjeras.

Las empresas argentinas que podrían operar ya pusieron el grito en el cielo. A fines de diciembre, el director del periódico de noticias y negocios aeronáuticos Aeromarket , Luis Franco , escribió una nota de opinión en el diario El Cronista en la que denunció que "en la gestión de Macri ya van dos temporadas en que la preparación para actuar contra el fuego carece de suficiente claridad y/o idoneidad en el uso de los presupuestos" y se amparó en que los helicópteros chilenos "son considerados anticuados para ese trabajo en la mayor parte del mundo".

DE LA EXCEPCIÓN AL INCENDIO. Según la nota N°128 de la ANAC, del 29 de marzo de 2017, el organismo de control le contestó una consulta administrativa a la jefa de Gabinete del Ministerio de Ambiente, Patricia Holzman , sobre la pertinencia de una posible contratación de helicópteros chilenos. Al respecto, el organismo de control le recordó que, si bien la ANAC no debe intervenir necesariamente durante el procedimiento de contratación que oportunamente realice esa cartera ministerial, sí tiene la facultad para regular y controlar a los proveedores a los que oportunamente se les adjudique el servicio a licitar, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa aeronáutica vigente.

El artículo 131 del Código Aeronáutico establece una protección a favor de las personas y empresas argentinas para la realización del trabajo aéreo. En los requisitos, ese artículo establece que las empresas deberán obtener autorización previa de la autoridad aeronáutica, reunir determinados requisitos para ser propietario de aeronave, poseer capacidad técnica y operar con aeronaves de matrícula argentina.

Las quejas de Franco recordaron que el primer problema surgió en el ministerio de Bergman, donde también hubo "serios inconvenientes con contrataciones (como la licitación pública 1/2016), suspensión de licitaciones y acuerdos directos con prestatarios, tal vez por eso pasaron el asunto a Seguridad", resaltó Franco.



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