Declaran esencial el transporte aercomercial. Habrá servicio mínimo obligatorio los días de paro

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Por  AviacionNews  – 09/08/2024

Después de las medidas de fuerza de algunos gremios aeronáuticos (APLA, AAA, APAy UPSA) bajo el formato de “asambleas informativas en lugares de trabajo” durante agosto, pero especialmente despúes del paro de 9 horas del viernes 6, el Gobierno reaccionó con la reglamentación de la “esencialidad en el servicio aeronáutico comercial” para garantizar servicios mínimos a la población.

Concretamente, el Ministerio de Capital Humano informó que se ha definido reglamentar la esencialidad de la actividad aeronáutica civil, aerocomercial pública y privada en todo el territorio nacional. “Dada la importancia estratégica de este sector para la conectividad, el comercio y el transporte de pasajeros, el decreto reglamentario establecerá medidas para garantizar un nivel mínimo de servicios ante conflictos laborales que puedan interrumpir total o parcialmente las actividades”.

El comunicado del Mnisterio agrega que esta acción se estableció luego de constatarse que, tras el paro realizado este viernes por APLA y APA, no se garantizaron servicios mínimos que debían preverse en el marco de la esencialidad indicada en el Artículo 2 de la Ley 17.285.

APLA (pilotos) y APA (personal de tierra), son los gremios que encabezan Pabló Biró y Eduardo Llanos, muy identificados con el kirchnerismo, lo que suma un componente político e ideológico al reclamo salarial que tanto  la empresa como el Gobierno consideran no acorde con lo que ambos pueden ofrecer en línea con la situación actual de la economía del país.

El comunicado, que lleva la firma del Secretario de Trabajo Julio Cordero, que a su vez reporta a la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, establece que inicialmente las partes  involucradas “deberán acordar los servicios mínimos a mantener, y si no hubiera acuerdo, será la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, quien intervendrá para determinar las condiciones necesarias conforme a la legislación vigente”.

Concretamente, el alcance del servicio esencial, siempre de acuerdo a las normas de la OTI, será acordado por un comité tripartito integrado por sindicatos, empresa y ministerio. En el caso en que no hubiera acuerdo, por ejemplo en el servicio mínimo  que los gremios deberán cumplir, será la Secretaría la que laude, además de ser la encargada de hacer cumplir lo acordado.

El no cumplimiento de los acuerdos de servicios mínimos dará lugar a sanciones de acuerdo a la ley vigente.

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