Desregulan el procedimiento para vuelos comerciales

El gobierno nacional flexibilizó ayer el procedimiento de autorización para que pilotos y aerolíneas hagan vuelos dentro y hacia fuera del país. De acuerdo con la Resolución 567/2025 publicada en el Boletín Oficial solo se pedirá que se notifique vía correo electrónico a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Según la resolución, solo se informará vía correo electrónico a la ANAC sobre la operación. En tanto, para los vuelos internacionales también se envía un correo electrónico y si no hay respuesta en cinco días, el vuelo queda habilitado. Esto alcanza a vuelos regulares, no regulares y especiales en el territorio nacional y son los operadores aéreos locales y extranjeros quienes deben informar al organismo en cuestión. E
n el caso de vuelos regulares nacionales, se deberán informar por trimestre con una antelación de hasta 30 días corridos. Para los internacionales, se tiene que enviar el correo con una antelación de 60 días corridos informando la operación de la temporada. Por último, para vuelos especiales y no regulares, se podrá notificar a la ANAC con al menos 48 horas de anticipación. – DIB –
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