La Justicia ratificó límites a la reforma laboral por decreto

Poder Judicial volvió a establecer un freno ante las pretensiones del Gobierno de avanzar con reformas laborales vía decreto, una dinámica que la gestión libertaria intenta plasmar desde diciembre de 2023. En este caso, la Justicia laboral declaró inconstitucionales los artículos 2° y 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, que imponía restricciones para ejercer el derecho a huelga en varias actividades.
La decisión fue tomada por la Sala V de la Cámara Nacional del Trabajo, que confirmó un fallo de la jueza Moira Fullana tras un amparo presentado por la CGT. Dentro de la tónica que La Libertad Avanza promocionó en la campaña electoral, al igual que con otros decretos firmados por el Poder Ejecutivo e incluso con la Ley Bases, el DNU en cuestión buscaba modificar la ley 25.877. En su contenido se incorporaban nuevas actividades como «servicios esenciales», incluyendo a la marina mercante, lo cual limitaba el derecho a realizar huelgas en esos sectores.
Argumentos:
La Cámara del Trabajo coincidió con esta mirada y estableció que el problema no radicaba en definir qué actividades son esenciales sino en la utilización del DNU como mecanismo para modificar una ley sin debate legislativo. Según consideraron los jueces, de convalidarse ese método, el Congreso perdería su función principal: crear las leyes. Esta decisión judicial es clave para la dirigencia del movimiento obrero, ya que refuerza el respeto por el proceso democrático y deja en claro que el Poder Ejecutivo no puede utilizar decretos para restringir derechos fundamentales sin una verdadera justificación de urgencia ni la debida consulta al Congreso. Para las centrales sindicales se trata de una señal alentadora frente a los intentos del oficialismo de reconfigurar el modelo laboral argentino sin consenso político ni diálogo social.



