Más control: los nuevos requisitos para entrar al país que pide Aerolíneas Argentinas
30/12/2020 aerolatinnews.com – Nota
Carolina Leñam
Aerolíneas Argentinas informó ayer los nuevos requisitos para argentinos y extranjeros que ingresan al país, e incluye la presentación de una constancia de PCR al momento de arribo, en el aeropuerto.
En concreto, conforme a la Decisión Administrativa 2252/2020 se informa los nuevos requisitos exigidos para ingresar al país a partir del día 25 de diciembre y hasta el 8 de enero de 2021 inclusive exige constancia de PCR con resultado negativo, con un máximo de 72 horas previas al embarque, y realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa.
Argentinos y/o residentes en la Argentina
. Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.
. Presentar constancia de PCR con resultado negativo realizado con un máximo de72 horas previas al embarque. Salvo:
Aquellas personas que hayan presentado Covid-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
Menores de 6 años
Quienes no puedan realizar la prueba PCR en origen por una causa debidamente justificada, en cuyo caso deberán contar con una certificación médica que acredite que no tienen síntomas compatibles con Covid-19, emitida también al menos 72 horas antes de viajar, que deberá agregarse a la declaración jurada electrónica y además deberán realizar el estudio PCR en el lugar de destino
Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa cuyo plazo será computado del siguiente modo:
– Quienes cuenten con prueba PCR negativa en origen 72 hs. antes del embarque, deberán cumplir 7 o más días de cuarentena en destino hasta totalizar los 10 días computados a partir de la toma de la muestra.
– Quienes no puedan realizar PCR en origen, deberán acreditar ausencia de síntomas con certificación médica y realizar la prueba PCR en destino con la mayor inmediatez posible a su arribo al país, cumplimentando los 10 días de cuarentena obligatoria, desde el momento de su llegada.
Turistas
Turistas provenientes de países limítrofes que sean nacionales o extranjeros residentes en los mismos, y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires, queda suspendida la autorización de su ingreso.
Se habilita el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos (padres, hijos, cónyuges o convivientes), y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad, y no requieran visado. Los mismos deberán:
. Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.
. Deberán contar con constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de 72 horas previas al embarque e incluir dicha constancia a la Declaración Jurada Electrónica.
. Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa.
. Contar con un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por Covid-19 y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía.
. Acreditar ante la aerolínea: certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente legalizado y/o apostillado (*) que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien visita y reserva de pasajes(*). En USA los documentos se deberán ser apostillados.
. Presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio, nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida.