El Gobierno oficializó el nuevo piso de Ganancias

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12/08/2023 La Nación – Nota – Economía – Pag. 25

Pagarán el impuesto solo los contribuyentes que cuenten con un salario bruto mensual superior a los $700.875
El Gobierno oficializó ayer el nuevo piso para el impuesto a las ganancias, en virtud del cual pagarán quienes perciban más de $700.875 de salario bruto mensual. La medida fue acompañada de un incremento del 35% en las escalas, que será retroactivo a enero de 2023.

El Ministerio de Economía había dado a conocer la noticia a principios de este mes y solo restaba que se publicara la medida en el Boletín Oficial para que entrara en vigencia, como publicó la nación.

La medida impactará en alrededor de 300.000 trabajadores, que dejarían de pagar el impuesto, según quedó especificado en los decretos 414 y 415. El primero oficializó el nuevo piso, por encima de los $700.000, y el segundo da cuenta del incremento del 35% en las escalas.

Con el corrimiento de las escalas del impuesto a las ganancias, los trabajadores que estuvieron abonando el tributo desde principio de año tendrán una devolución retroactiva al mes de enero.

De acuerdo con la información oficial, «el incremento de las escalas es retroactivo a enero de 2023 y lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre de 2023».

Esta decisión oficial se produce luego de que los índices de inflación mensuales en lo que va del año impactaran directamente en el costo de vida de los argentinos, lo que implicaba que la presión tributaria sobre los salarios fuera cada vez más significativa.

Previamente, los contribuyentes que abonaban el impuesto a las ganancias eran aquellos que recibían un salario bruto superior a los $506.230, cifra que regía desde el mes de mayo.

«La variación del Ripte entre el mes de octubre de 2022 y el mes de febrero de 2023 fue de 25,29%. En marzo, abril, mayo y junio, el Ripte [Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores] aumentó el 38,45%», señaló el comunicado del Ministerio de Economía, que explica la nueva modificación.

Con relación al aumento en las escalas, el Gobierno le encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzar en una reglamentación de la medida, ya que la suba de escalas se debe hacer a través de un tratamiento de la ley impositiva. Allí, también se menciona la devolución.

«La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto con el que hubiera correspondido retener considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca esa Administración Federal», indicó el Gobierno.

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