Argentina: el ingreso de turistas de países limítrofes quedará habilitado desde el 30 de octubre

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La Dirección General de Migraciones de la República Argentina informó esta tarde que a partir de las 00 horas del viernes 30 de octubre se habilitará el ingreso por turismo de nativos y extranjeros radicados en los países limítrofes a través del Aeropuerto Internacional de Ezeiza y la terminal marítima de Buquebús, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Esto ocurre tras la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia 814/2020, el cual flexibiliza la apertura de las fronteras después de siete meses de estar restringidas solo a ciudadanos argentinos o residentes.

De esta manera podrán ingresar a la República Argentina ciudadanos o extranjeros residentes en Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay, quedando descartado el ingreso de pasajeros provenientes de terceros países que triangulen su viaje por los mismos.

Los extranjeros que deseen ingresar al territorio argentino deberán presentar una Declaración Jurada Electrónica completada dentro de las 48 horas previas al embarque, un test PCR con resultado negativo para COVID-19 y un seguro médico que incluya cobertura para esa enfermedad.

«Este DNU no modifica las condiciones de ingreso de argentinos y residentes en el país que lo podrán seguir haciendo por vía aérea, marítima o a través de los cinco puestos terrestres actualmente habilitados», aclararon desde Migraciones a través de un comunicado.

Los argentinos que ingresen por Ezeiza o la terminal de Buquebús también podrán optar por realizar un test PCR o bien realizar cuarentena por 14 días. Quienes ingresen por el resto de los pasos fronterizos deberán realizar cuarentena de manera obligatoria.

Migraciones también aclaró que serán las compañías aéreas las encargadas de exigir el cumplimiento de las medidas previo al embarque, quedando sujetas a multas en caso de no hacerlo correctamente.

Resta ahora la publicación de la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete que confirme otros aspectos más, como el tiempo máximo de estadía y la restricción de no salir del Área Metropolitana de Buenos Aires, entre otros.

Fuente: aviacionline.com

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