CARTA A COMISIÓN DE TRANSPORTE DEL SENADO POR CREACIÓN EANA S.E.

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Al Senador Nacional

Adolfo R. BERMEJO

Presidente de la Comisión Unicameral de Infraestructura, Vivienda y Transporte

Del Honorable Senado de la Nación Argentina 

REF: EXP PE N° 150/14.

Por medio de la presente, le trasmito la enorme expectativa que hay en los Servicios de Navegación Aérea, más precisamente en los Controladores de Tránsito Aéreo representados por la Asociación del personal Técnico Aeronáutico (APTA), en virtud del Proyecto de Ley para crear la EANA S.E, el cual ha ingresado al Congreso de la Nación para su tratamiento. Luego que, lamentablemente, se frustrara su concreción por parte del Poder Ejecutivo tal cual se había comprometido en noviembre de 2012.

Desde APTA hemos realizado distintos aportes al mencionado proyecto, mediante el trabajo conjunto realizado con la Subsecretaria de Transporte Aerocomercial. A los fines de que el mismo, resuelva las graves falencias actuales en tecnología, infraestructura, personal civil necesario y capacitación que tienen los Servicios de Navegación Aérea; a la vez que jerarquice las tareas y a los profesionales que los prestan.

Reiteramos nuestro compromiso con el proyecto de creación de la nueva empresa denominada EANA S.E; para que la aviación civil y comercial sea controlada exclusivamente dentro de la órbita civil y no la militar del Estado nacional.

Respecto del proyecto gubernamental de Ley, consideramos indispensable que incluya los siguientes tópicos:

1) Que se respeten y garanticen a los trabajadores los derechos consagrados por la Constitución Nacional en art. 14 bis, como también el CONVENIO 87 de la OIT. Sin menoscabo real alguno al derecho constitucional a huelga, como al de libertad sindical y al derecho de sindicación.

2) Mantener el compromiso de creación inmediata de un Convenio Colectivo de Trabajo ante la creación de la EANA S.E.

3) Dado el creciente desarrollo de la aviación aerocomercial y civil, consideramos excesivo que nueve (9) aeródromos queden bajo control del Ministerio de Defensa. Por lo cual solicitamos que se debata caso por caso en las Comisiones del Senado, con la participación de nuestros representantes gremiales, si corresponden o no estar bajo la órbita de dicho Ministerio. Además, el personal civil que trabaje en los aeródromos controlados por el Ministerio de Defensa, debe estar en planta permanente -no en comisión- y mantener las mismas condiciones presentes laborales y salariales. Tampoco se justifica las dos posiciones o puestos de controladores militares, en cada uno de los cinco (5) Centros de Control de Áreas distribuidos en todo el país. Para cumplir con las tareas de los mismos, es suficiente el personal civil que se desempeña como como controlador de tránsito aéreo.

4) Contar con un área de capacitación propia. La existente está bajo control de la ANAC (Ente de Fiscalización y Control), es la denominada CIPE (Centro de Instrucción y Perfeccionamiento Experimental).

5) Que en el marco de la Ley 20744 se respeten los derechos adquiridos en la relación laboral, en cuanto a régimen escalafonario, retributivo, estabilidad, antigüedad y de seguridad social. Como así también, la protección laboral necesaria ante eventuales despidos arbitrarios, que pudiera efectuar la EANA S.E.

6) Garantizar, en el hipotético caso que se disuelva EANA S.E., una modalidad de traspaso hacia un nuevo organismo civil que respete exactamente todos los derechos adquiridos, condiciones laborales, escalafón y niveles salariales, previamente existentes en EANA S.E.

Estos requisitos son indispensables para perfeccionar y finalmente materializar la nueva empresa EANA S.E. Una responsabilidad y compromiso, que hemos asumido con nuestros afiliados y con el Control de Tránsito Aéreo nacional.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para hacerle llegar mi más respetuoso saludo.

Ciudadela 22 de agosto 2014

 

Ricardo CIRIELII
Secretario General APTA
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