Cómo quedó la reforma laboral de la Ley Bases que debatirá el Senado

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Dentro de los principales cambios figura la quita de sanciones a bloqueos o tomas de establecimientos.

  Mundo Gremial

Con algunos puntos que no fueron aprobados por la conducción de la Confederación General del Trabajo, el texto de la Ley Bases que fue aprobado en comisión por la Cámara de Senadores presenta algunas modificaciones en la modernización laboral, entre ellas, la eliminación de sanciones a bloqueos y reducción de los períodos de prueba.

En el DNU 70/2023 que firmó el presidente Javier Milei, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento sería considerada como una grave injuria laboral, objetivo causal de extinción del contrato de trabajo, y que sería reprimida con 3 a 6 años de prisión y el borrador oficial, en cambio, con 6 meses a 3 años de prisión.

Sin embargo, las sanciones contra los bloqueos fue uno de los 42 artículos eliminados de la versión original de la Ley Bases, donde eran 58 y quedaron sólo 16, ya que también se quitó la limitación a las cuotas solidarias, clave del financiamiento de los gremios con los aportes de todos los trabajadores.

En tanto, se eliminó del proyecto la limitación de la huelga en servicios esenciales como la educación, la modificación de la ultraactividad de los convenios colectivos y la penalización de las asambleas que se convierten en paros encubiertos, entre otros puntos.

Por otra parte, se modificó la figura del “trabajador independiente”, quien ahora puede tener a su cargo otros 3 “trabajadores independientes” (antes eran 5) para llevar adelante un emprendimiento productivo.

Además, el período de prueba de los trabajadores se extenderá a 6 meses, con la posibilidad de ampliarlo en las convenciones colectivas de trabajo hasta 8 meses en las empresas de 6 y hasta 100 trabajadores y hasta un año en las empresas de hasta 5 trabajadores, pero se agregó que “cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo a la extinción”.

De este modo, el contenido medular de la modernización laboral promovida por el Gobierno sufrió pocos cambios, ya que estará vigentes la eliminación de las multas por trabajo no registrado o mal registrado y la habilitación a que empresarios y sindicalistas acuerden dentro de las convenciones colectivas de trabajo una nueva indemnización.

Cabe destacar que lo dictaminado respecto del empleo público seguirá igual, ya que se limitarán las huelgas y se podrá poner en disponibilidad a quienes trabajan en organismos suprimidos o tengan licencias con o sin goce de haberes. También se mantiene intacta la limitación para que los sindicatos cobren la cuota solidaria a través del convenio colectivo, al obligar a que los trabajadores no afiliados brinden su autorización expresa para que se les descuente.

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