La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) reglamentó el Servicio de Conciliación para Pasajeros y Usuarios de Transporte Aéreo a través de la Resolución 188/2026, publicada este 1 de abril en el Boletín Oficial. El sistema establece un procedimiento electrónico y gratuito para que los usuarios diriman conflictos con las empresas aéreas, bajo “principios de celeridad, informalidad y trato digno”.

La medida entrará en vigencia dentro de los 90 días hábiles administrativos próximos, y llega en momentos en que nuevamente Flybondi está atravesando problemas operativos que resultan en demoras y cancelaciones.

El nuevo esquema (cuyos anexos están adjuntos en esta nota) dispone que los pasajeros afectados deberán iniciar sus reclamos mediante el sitio web de la ANAC o a través de códigos QR en áreas habilitadas. Una vez ingresado el reclamo, el sistema generará un número de seguimiento y lo asignará a un agente de fiscalización de la Dirección Nacional de Transporte Aéreo (DNTA). Este funcionario analizará la competencia del caso y, de ser procedente, notificará al usuario la opción de adherirse al procedimiento de resolución alternativa.

En caso de aceptación, se designará a un conciliador del nuevo Padrón Nacional Digital de Conciliadores. Este profesional tendrá un plazo de 10 días hábiles para fijar la primera audiencia. El procedimiento completo de conciliación no podrá exceder los 30 días hábiles, permitiéndose un máximo de dos audiencias para intentar un acuerdo voluntario entre las partes.

De acuerdo al documento que lleva la firma del Director Nacional de Transporte Aéreo, Diego Sebastian Idiart, «el director procederá a su aprobación y lo remitirá al agente interviniente a través del sistema», quien notificará el resultado al denunciante y a las empresas involucradas. El texto suscripto por la autoridad advierte además que el incumplimiento de los acuerdos aprobados «podrá dar lugar al labrado de actas de infracción y a la iniciación de los correspondientes sumarios administrativos», de conformidad con el Reglamento General de Infracciones de la Aviación Civil.

Respecto a los costos, los honorarios del conciliador estarán a cargo de la empresa reclamada siempre que se arribe a un acuerdo. Estos valores se regirán por los aranceles vigentes para mediadores de la Ley 26.589. Si la empresa no comparece a las audiencias sin justificación, se evaluará el labrado de infracciones bajo el Decreto 816/2024.

Para integrar el cuerpo de conciliadores, los aspirantes deben ser abogados inscriptos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia y aprobar el «Curso Básico de Conciliadores de Pasajeros Usuarios de Transporte Aéreo» dictado por la ANAC. La designación tendrá una vigencia de dos años, renovable a pedido del profesional.

El servicio será aplicable a todos los reclamos que se inicien con posterioridad a esa fecha. Además de la resolución individual, el sistema permitirá al organismo relevar datos sobre fallas en la prestación de servicios para “optimizar la calidad del sector aerocomercial en su conjunto”.