La Cámara del Trabajo confirmó el fallo que suspendió el tramo laboral y le da un nuevo golpe al mega DNU de Javier Milei

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La sentencia se conoció ayer. La Cámara Nacional del Trabajo confirmó el fallo de primera instancia que declaró inconstitucional el tramo laboral del mega DNU de Javier Milei. Es por el amparo presentado por el gremio del personal aeronáutico APA.

Con la firma de los jueces Alajendro Perugini y Diana Cañal, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le dio un nuevo golpe al mega DNU 70/2023 dictado por el presidente Javier Milei y confirmó la suspensión del tramo laboral.

Los magistrados ratificaron, entonces, el fallo de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad del Título IV del DNU.

Se trata, en este caso, de la acción de amparo presentada por el gremio que nuclea a los aeronáuticos APA.

El fallo original, entonces, había suspendiendo preventivamente la aplicación de todo lo dispuesto en el Título IV del DNU 70/23 por afectar a las y los trabajadores representados por APA, hasta que se dicte una sentencia definitiva.

En su presentación, APA solicitaba que se decretara la inconstitucionalidad y/o legalidad y/o inaplicabilidad y/o nulidad del citado DNU por “imponer en forma irregular reforma de leyes laborales individuales y colectivas, restringir el derecho de huelga, eliminando la ultraactividad de los Convenios Colectivos de Trabajo, desfinanciando a la asociación sindical, eliminación de derechos que impactan regresivamente en la estabilidad laboral, en el monto de las indemnizaciones (….), eximición de responsabilidad solidaria en caso de subcontrataciones…”, todo lo cual empeoraba las condiciones de trabajo y salario, contrariaba derechos constitucionales y supraconstitucionales de los trabajadores y su sindicato.

El fallo también cuestiona la existencia de razones de necesidad y urgencia para emitir el DNU.

«No puede perderse de vista que, tratándose de una reforma que incluye una normativa tan amplia como es la ley de Contrato de Trabajo, leyes especiales y la ley de Asociaciones Profesionales, correspondía sin duda esperar poder seguir los trámites normales de la formación de las leyes en el Honorable Congreso de la Nación».

La Cámara Laboral ya había decretado la inconstitucionalidad de la reforma laboral por DNU ante una acción de amparo formulada por la CGT.

Fuente: infogremiales.com.ar

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