La Justicia ratificó un fallo que suspende la reforma laboral

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La Cámara del Trabajo rechazó la apelación del Estado que recurrió la cautelar dictada en primera instancia por el amparo presentado por el gremio de Técnicos Aeronáuticos contra el capítulo laboral del DNU 70/2023.

(30 de enero) La justicia laboral aplicó un nuevo golpe al DNU de Javier Milei. Este lunes, la Cámara Nacional de Apelaciones de Trabajo volvió a pronunciarse contra el Ejecutivo donde confirmó que continúa suspendida la reforma laboral del DNU.

La nueva medida se dictó luego de la acción solicitada por la Asociación del Personal Aeronáutico (APA), entidad adherida a la CTA de los Trabajadores, quien había interpuesto un amparo y una medida cautelar para que se suspenda todo lo relacionado con la reforma laboral. De esta manera, se mantiene vigente la suspensión con el tramo laboral del decreto.

Según se detalló en la resolución, se aseguró que se “suspendió preventivamente la aplicabilidad de los dispuesto en el Título IV – Trabajo- del DNU 70/2023”.

“La recurrente aduce, en primer término, que no corresponde la habilitación de la feria judicial ni la declaración de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en tanto carece de competencia en razón de la materia y la persona, toda vez que mediante la acción impetrada se pretende enervar, impugnar y desarticular un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), en efecto de intentar corregir los profundos desequilibrios imperantes que hacen a la urgencia y necesidad de la medida”, se especificó en el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Ahora, con la finalización de la feria judicial, será la Corte Suprema quien deberá definir si se suspende o no la medida que solicitó la suspensión del DNU que quedó judicializado, y que además tiene otro planteo de la provincia de La Rioja para que se suspenda y se anule el decreto.

Este nuevo fallo se suma al obtenido días atrás por la Confederación General del Trabajo (CGT), que también apuntó con sus presentaciones judiciales al capítulo laboral del DNU de presidente Milei.

Fuente: conciliacionobligatoria.com

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