Salud y obras sociales: lo que se está discutiendo

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Opinión – Clarín.com

En 1991, el gobierno de Carlos Menem suscribió un documento con el FMI, en el marco de reformas pro-competitivas en los sistemas de salud latinoamericanos, por el que se alentaba la integración de las empresas de medicina prepaga (EMPs) a las aseguradoras de servicios de atención médica de la Seguridad Social (SeS) que, en el caso de Argentina, se denominan obras sociales (OSs).

El término empleado fue “desregulación de obras sociales”. La Organización Panamericana de la Salud (OPS-OMS), el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) participaron en esas gestiones y apoyaron acciones orientadas a implementar las reformas. El documento fue ratificado por el gobierno de Fernando De la Rúa y tuvo influencia sobre muchas de las medidas que se adoptaron hasta la primera década del siglo XXI.

Conviene señalar que el punto de partida —el acuerdo con el FMI—, equiparaba dos tipos de entidades de naturaleza diferente: las OSs son entidades financiadas por tributos porcentuales del salario, legalmente compulsivos, como parte del régimen de SeS; ya en 1970 se había ratificado que fueran administradas por el sindicato de la correspondiente rama de la producción.

Las EMPs son seguros privados de salud, de carácter voluntario, con regulaciones estatales. Por el hecho de ser contratos privados, no tendrían necesariamente que cubrir la totalidad de los riesgos de salud, sino los segmentos de cobertura acordados entre asegurador y asegurado.

Para llegar a equiparar las diferencias jurídicas, se dieron previamente algunos pasos fundamentales: a) se unificó la recaudación de las OSs a través de la ANSeS; b) se estableció la libertad de elección de OS; c) se comprometió a ambos tipos de instituciones a cubrir un mismo paquete básico de beneficios, el Programa Médico Obligatorio (PMO); d) se creó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), bajo cuya jurisdicción quedaron las OSs, y e) al dictar una nueva regulación, las EMPs quedaron también bajo la jurisdicción de la SSS.

Para avanzar en esa virtual estatización de seguros privados, la misma Ley obligaba a las empresas, a contar con la autorización de la SSS y la Secretaría de Comercio, para actualizar el precio de las pólizas.

Es significativo el comportamiento del sindicalismo ante estas medidas. Inicialmente se opusieron frontalmente a que las EMPs compitieran con las OSs, no por argumentos conceptuales, como los principios de solidaridad y equidad de la SeS, sino para proteger la cautividad de sus beneficiarios y la exclusividad recaudatoria de cada rama de la producción.

Durante más de una década pusieron los obstáculos posibles para evitar que sus afiliados optaran por cambiar de cobertura. Mientras tanto, por medio de diversas maniobras —no siempre legítimas— habilitaron una modalidad de tercerización por la que, la OS de origen mantenía una comisión por la titularidad de la recaudación, pero cedía a una EMP la administración de los servicios —y también los riesgos— de la atención médica.

Estos procedimientos se aplicaron especialmente con los afiliados de mayor poder adquisitivo, con el fin de evitar que migraran a una EMP. Pero al mismo tiempo, se sacrificaban los principios fundacionales de solidaridad y equidad de la SeS, donde distintos niveles de ingresos tendrían derecho a los mismos beneficios de acceso y calidad de atención.

Durante el mismo período se promovió el modelo de hospitales públicos de autogestión, confirmado en 2000 por De la Rúa. Se gestionó un crédito del BM para adiestrar a los hospitales en trámites de facturación y cobranzas. En la práctica, la reconversión hospitalaria no logró modificar la conducta de la población, que acude al hospital público como última alternativa.

Se procuró reducir el gasto farmacéutico, obligando a la prescripción de medicamentos por su denominación genérica, con diversos conflictos y escasa adhesión.

Para compensar el precario equilibrio económico construido durante 3 décadas, entre el financiamiento de la atención médica y los recursos para sustentarla, tanto OSs como EMPs, dedicaron en los ‘90 grandes inversiones para reciclar, comprar o construir establecimientos propios de gran magnitud, equipados con tecnología moderna.

Simbólicamente, implica equilibrar las finanzas del aseguramiento, cuya finalidad es limitar el gasto, asociándolo a una empresa prestadora, que se desarrolla con mayor productividad, equivalente a asociar el seguro del coche con el taller del chapista.

Para enfrentar el DNU del Gobierno de Javier Milei, la CGT manifestó su oposición, calificando las reformas como anticonstitucionales y autoritarias. En realidad, están reclamando la continuidad de la recaudación de las OSs, en vez de autorizar a las EMPs a que recauden en forma directa por los beneficiarios tercerizados.

Pero unos y otros deberían reconsiderar la estrategia de equilibrarse, asociando financiación con prestación, porque tienen propósitos inversos.

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