La Fadea deberá indemnizar a un trabajador despedido por su edad

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07/11/2023 Comercio y Justicia (Córdoba) – Nota –   – Pag. 9

La justicia del Trabajo de Córdoba consideró que existió discriminación y le impuso a la empresa una condena por daño moral.  El hombre trabajaba hacía 40 años en la fábrica militar

La Sala 6° de la Cámara del Trabajo de Córdoba condenó a pagar la suma de $6.799.451 a la Fábrica Argentina de Aviones (FAdeA) por el despido discriminatorio de un trabajador en razón de su edad.

El empleado tenía 40 años de antigüedad dentro de la compañía y se desempeñaba como jefe en la categoría profesional “Personal Técnico Especialista” de la carrera “Mantenimiento de Accesorios”.

Al interponer la demanda, el actor reclamó el cobro de una suma por daño moral al invocar que su despido fue discriminatorio, en los términos del artículo 17 de la Ley de Contrato de Trabajo, ello en razón de su edad.

Al responder el planteo, la fábrica remarcó que la discriminación alegada por el trabajador era “una mera conjetura y que antes de que ocurriera la desvinculación el actor conocía que la empresa estaba en una gestión de reducción de personal”.

En este sentido, precisaron que hubo trabajadores que no fueron despedidos, y otros que sí lo fueron, lo que revela “un trato diferente que no debe confundirse con trato discriminatorio”. Así las cosas, plantearon que “no hubo arbitrariedad en el despido y sí una razón justificante para tomar esa medida, dentro de los márgenes que otorga la legislación vigente sin detectarse un menosprecio de la condición digna del trabajador”.

Al analizar la cuestión, la vocal de cámara Silvia Vitale, puntualizó que de los elementos probatorios analizados surge que desde 2016 la empresa comenzó efectivamente a achicar su personal y que dicha reducción se concentró en las personas mayores a 60 años.

El fallo destacó que, de acuerdo al testimonio del jefe de división jurídico laboral de Fadea, Iván Alejandro Trapote, existía un programa pre jubilatorio que se les ofrecía a quienes tenían 30 años de aportes y 60 años en adelante.

Esta política de la empresa se reflejó en la cantidad de acuerdos extintivos celebrados con los trabajadores que en el caso de los mayores a 59 se triplicaron con respecto a los más jóvenes”. “La cantidad de empleados entre 60 y 65 años se redujo del 13 % al 3 %”, puntualizó la sentencia.

Experiencia

Para la vocal, quedó probado en la causa que “la adecuación de la fábrica a las exigencias productivas y de mantenimiento de aeropartes y aviones alegada no fue tal, toda vez que quienes resultaron despedidos fueron aquellos empleados con mayor experiencia, cuyos puestos laborales, aun cuando eran técnicos y de gran importancia, no fueron reemplazados por personal idóneo”.

En tal sentido, resaltó el testimonio de un trabajador que se desempeñaba con el mismo sector que el actor, quien relató que la empresa demoró tres años en reemplazar a su jefe y este nuevo trabajador aún está en proceso de formación.

La empresa se desprendió de aquéllos trabajadores que contaban con mayor práctica y conocimientos adquiridos en el ejercicio del oficio, sin reemplazarlos con un criterio de razonabilidad y productividad”, agregó el fallo.

“Como puede observarse, la demandada no exteriorizó ningún fundamento idóneo en el trámite de este juicio para justificar debidamente la razonabilidad de su comportamiento referente a los trabajadores pertenecientes a determinada franja etaria (mayores de 59 años”, concluyó la sentencia.

Así las cosas, el tribunal concluyó que el despido del trabajador “se produjo a raíz de una discriminación –fundada en razones de edad-, que exceden las facultades de organización y dirección de la patronal, por lo cual, no habiendo logrado acreditar la razonabilidad del invocado plan de reestructuración, ni que fuera por ser parte del sector menos productivo, cabe acoger la pretensión realizada en la demanda”.

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