Revés para el Gobierno: la Procuración respaldó a la CGT contra un artículo laboral del DNU 70/23

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lineasindical.com.ar / 11sep

La CGT obtuvo un respaldo judicial de peso en la disputa que mantiene contra el DNU 70/2023. El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, recomendó a la Corte Suprema confirmar la inconstitucionalidad del artículo 73 del decreto, que modificó el régimen de descuentos sobre los salarios para exigir la autorización expresa del trabajador en determinados aportes y cuotas de origen sindical.

El dictamen no es vinculante y la decisión definitiva quedará en manos de la Corte Suprema. Sin embargo, la posición de la Procuración coincide con el planteo que llevó adelante la central obrera contra la reforma introducida por el Gobierno de Javier Milei.

El artículo 73 del DNU sustituyó el inciso c) del artículo 132 de la Ley de Contrato de Trabajo. A partir de esa modificación, determinados descuentos vinculados con cuotas, aportes o contribuciones de origen legal, convencional o sindical quedaron sujetos a la autorización expresa del trabajador.

Antes de la reforma, la legislación contemplaba esos descuentos cuando surgían de normas legales, convenios colectivos o de la afiliación de los trabajadores a determinadas organizaciones profesionales, mutuales o cooperativas.

El punto central del dictamen de Casal no fue determinar si esa modificación resulta conveniente, sino si el Poder Ejecutivo podía realizarla mediante un decreto de necesidad y urgencia.

Según el documento, el Gobierno no logró demostrar la existencia de circunstancias excepcionales que justificaran evitar el tratamiento de la reforma en el Congreso. Para la Procuración, las referencias generales a la crisis económica, social y laboral no resultaron suficientes para acreditar por qué era indispensable modificar específicamente el régimen de descuentos salariales a través de un DNU.

Casal sostuvo que la Constitución reserva al Congreso la función legislativa y que los decretos de necesidad y urgencia sólo pueden utilizarse frente a circunstancias excepcionales que hagan imposible seguir el procedimiento ordinario para sancionar una ley.

En ese sentido, el dictamen consideró que tampoco se acreditó que el Congreso estuviera imposibilitado de debatir una modificación de estas características.

El planteo representa un respaldo importante para la CGT porque el artículo cuestionado afecta directamente un mecanismo vinculado con el financiamiento de las organizaciones sindicales. Al exigir la autorización expresa de cada trabajador para determinados descuentos, el DNU modificó las condiciones bajo las cuales se realizan aportes vinculados con la actividad gremial.

La Procuración también se pronunció sobre otro aspecto favorable a la central obrera: consideró que la legitimación de la CGT para cuestionar judicialmente el artículo 73 quedó firme durante el trámite de la causa.

El Gobierno había objetado aspectos procesales de la demanda y el alcance que podía tener una sentencia sobre trabajadores que no participaron individualmente del juicio. Casal entendió, sin embargo, que esa discusión no puede reabrirse ahora porque el Estado no formuló oportunamente una crítica concreta contra la legitimación reconocida a la CGT ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

La causa había comenzado luego de la publicación del DNU 70/2023. La Justicia laboral hizo lugar al amparo presentado por la CGT y declaró inconstitucional el Título IV del decreto, que comprendía una amplia serie de modificaciones en materia laboral.

El escenario cambió posteriormente con la sanción de las leyes 27.742 y 27.802, que modificaron, sustituyeron o dejaron sin efecto varias de aquellas disposiciones. Por esa razón, la Procuración consideró que buena parte de la discusión original perdió actualidad y no requiere un pronunciamiento de fondo de la Corte.

El artículo 73, en cambio, permaneció vigente y por eso continúa abierta la controversia constitucional. El dictamen coloca ahora la definición en manos del máximo tribunal. Si la Corte comparte el criterio de Casal, quedará firme la declaración de inconstitucionalidad del artículo y el Gobierno no podrá sostener esa modificación del régimen de descuentos salariales a través del DNU 70.

Más allá de su impacto directo sobre la CGT y el financiamiento sindical, el expediente plantea una discusión institucional más amplia: hasta dónde puede avanzar el Poder Ejecutivo mediante decretos de necesidad y urgencia para modificar legislación laboral sin pasar previamente por el Congreso.

Imagen: archivo

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