Seguridad aérea: la visita del Papa León XIV XIV

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04/11/2026 todoargentina.com.ar – Nota

Seguridad aérea: el Gobierno autorizó el derribo de aviones hostiles durante la visita del Papa León XIV

El Gobierno nacional oficializó una ampliación clave de las Reglas de Protección Aeroespacial para blindar el espacio aéreo durante la visita del Papa León XIV XIV a la Argentina, programada entre el 8 y el 11 de noviembre. La disposición habilita, de manera excepcional y como última instancia, el derribo de aeronaves de origen externo que sean declaradas hostiles en sectores estratégicos de Buenos Aires y Córdoba.

La medida se formalizó a través del decreto 1334/2026, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Defensa, Carlos Presti. La normativa delega de forma exclusiva en el titular de la cartera castrense la potestad de autorizar el uso de la fuerza letal, una facultad de carácter indelegable.

El Poder Ejecutivo justificó la implementación del operativo especial ante la magnitud de los actos previstos, que incluirán la presencia de mandatarios extranjeros y convocatorias multitudinarias en la Ciudad de Buenos Aires, Luján y Córdoba, demandando una custodia estricta sobre objetivos de valor estratégico.

Protocolos de advertencia y cadena de mando
El protocolo determina que el derribo no operará de forma automática ante una simple desobediencia a los controles de tránsito aéreo. Previo a cualquier uso de armamento, las fuerzas deberán agotar las instancias de identificación visual, interceptación, advertencia y orden perentoria de aterrizaje, además de verificarse fehacientemente un acto hostil en desarrollo o inminente.

Según el decreto, se considera acto hostil a todo ataque armado o la amenaza inminente del uso de una aeronave contra la población, intereses vitales de la Nación o instalaciones críticas. Dicha conducta deberá sustentarse en indicios materiales objetivos, tales como la exhibición de armas o la persistencia de un rumbo, altitud y velocidad de ataque tras haber recibido las intimaciones correspondientes.

La potestad de declarar la condición de hostilidad recaerá sobre el comandante conjunto aeroespacial, el Almirante Marcelo Alejandro Dalle Nogare. La autoridad militar deberá dar aviso inmediato al Ministerio de Defensa para obtener la ratificación política antes de abrir fuego, procurando en todo momento minimizar riesgos para las poblaciones civiles en superficie.

Diferencias con aeronaves civiles y marco legal
La reglamentación fija pautas diferenciadas según la naturaleza del vuelo. Para las aeronaves civiles, el empleo de fuerza destructiva solo se permitirá ante un ataque armado o riesgo letal inminente que resulte imposible de neutralizar por otras vías. En casos de mera infracción a las órdenes de vuelo, la respuesta militar se limitará a la interceptación y el acompañamiento hasta su aterrizaje.

Asimismo, el marco legal trazó un límite estricto respecto a las amenazas internas: el decreto se circunscribe a la defensa contra agresiones foráneas. Cualquier contingencia con aparatos de matrícula o procedencia nacional continuará regulada por la Ley de Seguridad Interior, mecanismo que solo autoriza el accionar de combate de las Fuerzas Armadas mediante una declaración formal de estado de sitio.

En el plano operativo, el Comando Conjunto Aeroespacial articulará tareas con la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para delimitar las zonas de exclusión temporal. El esquema prevé tres fases graduales que van desde desvíos coordinados de vuelos comerciales hasta el desalojo total del cielo para uso reservado de aeronaves militares. El costo del despliegue será solventado con partidas del Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto.

Imagen: HoyDiaCórdoba
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