Confirmado: los fondos laborales podran invertir solo en acciones, bonos y ON locales

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02/06/2026 El Cronista Comercial – Nota – Finanzas & Mercados – Pag. 16

PRORROGARON LA VIGENCIA AL 1° DE NOVIEMBRE
Leandro Dario

El Gobierno postergó la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL). Como anticipó El Cronista, no invertirán en activos de extranjeros. Máximo de 45 días hábiles para la regulación.

El Gobierno dio vuelta el reloj de arena y el tiempo empezó a correr para el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que permitirá la inversión en el mercado de capitales del dinero destinado al pago de las nuevas indemnizaciones.. Finalmente puso fecha a su entrada en vigor: a partir del 1° de noviembre comenzarán a funcionar los fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros que administrarán el dinero derivado por los empleadores.

La hoja de ruta administrativa incluye un decreto del Ministerio de Economía, resoluciones generales de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y de ARCA. Tendrán hasta 45 días hábiles para dictar las normas complementarias que terminarán de reglamentar el FAL.

Pero algunas definiciones clave ya se conocieron. Como adelantó en exclusiva El Cronista, el FAL sólo podrá estar invertido en activos emitidos y negociados en la Argentina, entre ellos bonos, acciones, y obligaciones negociables, «con el objeto de promover la inversión productiva local». Así, quedarán excluidos los Cedear, cuyos activos subyacentes se encuentran emitidos y negociados en el exterior.

El FAL tendrá un período de carencia, en el que los empleadores tendrán que capitalizarlo, que durará seis meses, por lo que ese dinero recién podría usarse para pagar indemnizaciones a partir de mayo de 2027, en los casos en los que la cuenta se constituya en noviembre.

Los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) estarán sujetos a la competencia regulatoria, de supervisión y sancionatoria de la CNV. Entre otras cuestiones, la entidad presidida por Roberto Silva definirá cuáles serán las entidades habilitadas para administrar los fondos comunes de inversión y los fideicomisos financieros destinados al FAL.

«Por primera vez, los recursos destinados a futuras indemnizaciones pueden transformarse en capital invertido, permitiendo una administración más eficiente del pasivo laboral y, al mismo tiempo, impulsando el desarrollo del mercado de capitales local. Es una herramienta que aporta previsibilidad, mejora la planificación financiera y genera nuevas oportunidades de inversión productiva», aseguró Alexis Bi- llone, CEO de IEB Fondos.

«Los empleadores deberán elegir una Entidad Habilitada por la CNV, seleccionar el vehículo de inversión colectiva autorizado correspondiente, y convenir la apertura de su Cuenta Individual del empleador», reza el decreto. «La Entidad Habilitada asignará a la Cuenta Individual del empleador un identificador único («ID FAL») y deberá informar al empleador la cuenta bancaria del vehículo de inversión colectiva habilitada para la recepción de las contribuciones», agrega.

La CNV determinará la información que deberá asociarse a cada «ID FAL», la cual deberá incluir la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del empleador, los datos de la cuenta del vehículo de inversión colectiva y el período de vigencia de ese vehículo.

Si el empleador no informa un «ID FAL» válido, ARCA retendrá las sumas correspondientes a la contribución al Fondo de Asistencia Laboral, que serán del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes.

En caso de que transcurra un mes sin que el empleador informe cuál es su FAL, la CNV lo asignará de oficio. «Tendrán que decidir qué mecanismo eligen para eso. Tal vez lo sortean con un bolillero», aseguró, socarronamente, una fuente de la City.

Además, CNV llevará el registro de las Entidades Habilitadas y de los vehículos de inversión colectiva autorizados. Uno de los incentivos que impulsa el Gobierno para el FAL es la exención del impuesto al cheque.

Con el objetivo de mantener el superávit, el Ejecutivo postergó cinco meses la imple- mentación del FAL. Esa decisión implicaría, según el último staff report del FMI, un alivio fiscal de 0,15% del PBI

En caso de que transcurra un mes sin que el empleador informe cuál es su FAL, la CNV lo asignará de oficio. Recién podría usarse para pagar indemnizaciones a partir de mayo de 2027, si el empleador constituye el FAL en noviembre. Roberto Silva ultima el borrador de la Resolución General que dictará en los próximos días CNV.

Imagen: archivo
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