Definitivo: la justicia laboral estableció la inconstitucionalidad del decreto que limita el derecho a huelga

tiempoar.com.ar – 30/06/2025
La jueza Moria Fullana profundizó medidas cautelares anteriores que daban carácter suspensivo a la norma. El fallo se refiere a la cuestión de fondo y pone fin al diferendo.
Por: Alfonso de Villalobos @alfondevil
Se trata del tercer fallo en contra que se produce con relación al DNU 340/25 que publicó el gobierno nacional el 21 de mayo de este año. Allí, en un extenso texto en el que apuntaba a regular la actividad de la marina mercante, de un plumazo establecía la esencialidad de una serie de nuevas actividades para las cuales se establecía la obligatoriedad de garantizar el 75% del servicio.
Además, consignaba otras actividades de “importancia trascendental” que debían ofrecer en forma obligatoria el 50% de sus prestaciones. Además establecía la creación de una comisión de notables con la potestad de incorporar nuevas actividades a esa categoría.
La justicia, sin embargo, dio respuesta favorable a los recursos presentados por la CGT y las CTA en dos fallos sucesivos que se produjeron el 2 y el 27 de junio pero que daban lugar a una medida cautelar que daba efecto suspensivo al decreto. Entonces, el argumento de la justicia versaba especialmente sobre el carácter no urgente de la decisión y por lo tanto la improcedencia de un decreto existiendo la posibilidad de llevar el debate al Congreso Nacional.
La jueza Moira Fullana dio lugar a la presentación realizada por la Central obrera.
De hecho los fundamentos de la presentación realizada por el equipo legal de la CGT alertaba sobre el carácter violatorio del DNU 340/25 en lo que se refiere al artículo 99, inciso 3 y el artículo 14 bis de la de la Constitución Nacional en tanto se trata de un avasallamiento de la división de poderes y de derechos laborales como la libertad sindical y el derecho de huelga también presentes en el Convenio 87 de la OIT, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el Protocolo de San Salvador (PISDEC).El fallo de la jueza Fullana, además, alerta sobre la intención del gobierno de legislar en materia laboral con herramientas no admitidas.
Imagen: gentileza @sipreba