DESDE EL 1 DE ENERO, SE PAGARA GANANCIAS A PARTIR DE SUELDOS DE $225.936,97

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Todavía falta que la AFIP publique la resolución que establecerá los nuevos valores y escalas.

(13 de diciembre) Los empleados en relación de dependencia comenzarán a pagar desde el 1 de enero próximo el Impuesto a las Ganancias a partir de sueldos de $225.936,97 brutos mensuales, según determinaron estimaciones privadas en base al incremento de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) correspondiente a octubre que publicó el Ministerio de Trabajo. La suba del importe a partir del cual se tributará el impuesto es inferior a la evolución de la inflación anual, lo que en la práctica implica que más trabajadores pagarán mientras que los que ya están alcanzados subirán más rápido de escala.

Si tenemos en cuenta que la variación de la inflación interanual a octubre de 2021 fue del 52,10% ya vemos que los contribuyentes se verán perjudicados porque el ajuste de valores que se realizará en el Impuesto a las Ganancias será por un porcentaje menor”, explicó Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

El especialista consideró que “en un contexto inflacionario como el actual, la actualización de los valores debería realizarse en forma semestral por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del semestre inmediato anterior”.

Todavía resta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)  publique la resolución que establecerá los nuevos valores y escalas.

Este año, por impulso del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, se estableció un incremento de la denominada «deducción especial» para empleados en relación de dependencia, de modo de que se comenzara a pagar desde los $150.000 brutos. Luego de ello se hizo un ajuste y se llevó a $173.000 brutos

Por otro lado, entre los $226.937 y los $260.580 los contribuyentes pagarán un importe menor, para evitar así un salto abrupto en las alícuotas, debido a que la mejora que introdujo el proyecto de Massa no es en sí mismo un aumento del mínimo no imponible, sino una mejora en las deducciones.

Fuente: conciliacionobligatoria.com

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