EL MINISTERIO DE TRABAJO CREO UN REGISTRO DE ASOCIACIONES SINDICALES INTERNACIONALES

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La Secretaría de Trabajo estará a cargo de la administración del registro y del analisis de las organizaciones sindicales que deseen formar parte del mismo.

(23 de noviembre) El Ministerio de Trabajo creó en su ámbito un registro de Asociaciones Sindicales Internacionales, el cual estará abierto para la inscripción de sindicatos que suscriban zona de actuación en cualquier país integrante del Mercosur.

Esta iniciativa parte desde las diferentes alianzas que existe en la región y tiene como punta de lanza la propuesta para su realización que llega desde la Federación de Papeleros. Esta gesta tiene sus diversidades en las diferentes actividades, como por ejemplo, la Contram aglutina a los gremios municipales del mundo, o bien la CLATE, que integra a los gremios estatales de Latinoamérica y el Caribe. O la ITF, inherente a los gremios del Transporte.

Como indica la Declaración SocioLaboral del Mercosur, la integración regional “no puede restringirse a la esfera comercial y económica, sino debe alcanzar la temática social, tanto en lo que se refiere a la adecuación de los marcos regulatorios laborales a las nuevas realidades configuradas por esa misma integración y por el proceso de globalización de la economía, como al reconocimiento de un nivel mínimo de derechos de los trabajadores en el ámbito del MERCOSUR, correspondiente a los convenios fundamentales de la OIT”.

Los sindcatos que formen parte de este registro exhiben a la vez un compromiso para la defensa de los derechos y obligaciones expresados en los convenios reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo.

“Todos los empleadores y trabajadores tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como de afiliarse a esas organizaciones, de conformidad con las legislaciones nacionales vigentes”, indica el artículo 8º.

Por supuesto, este registro será de libre afiliación y como indica el artículo 9º, “consagra el principio de Libertad Sindical, que permita a los trabajadores gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación y el derecho a ser representados sindicalmente, conforme a la legislación, acuerdos y convenciones colectivos de trabajo vigentes”.

El Ministerio de Trabajo aclaró en su comunicación que la incorporación al registro será para “aquellas asociaciones sindicales internacionales que acrediten estar integradas por entidades sindicales reconocidas como tales en sus países de origen”.

Quien administre este registro será la propia Secretaría de Trabajo, que tendrá las “facultades necesarias para dictar las normas complementarias que requiera la organización y el correcto funcionamiento del Registro habilitado”.

Fuente: conciliacionobligatoria.com

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