Estados Unidos impone aprobación previa a los vuelos de Aerolíneas Argentinas

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A través de la Order 2021-5-10, el Departamento de Transporte (DOT) comunicó que impondrá a Aerolíneas Argentinas que solicite por adelantado los vuelos que operará desde y hacia Estados Unidos, ya que la Decisión Administrativa de ANAC de limitar los vuelos de los operadores Norteamericanos desde y hacia Argentina «atentan contra la posibilidad de ejercer justa e igualitariamente» los derechos adquiridos en el acuerdo bilateral de tráfico regular, firmado en 1985.

De acuerdo a lo que indica el DOT en el texto de la orden, el acuerdo bilateral rige las relaciones de la aviación comercial entre ambos países, y el artículo 11 establece que «las partes permitirán oportunidades igualitarias para las aerolíneas designadas por cada país para competir en la provisión de servicios prevista por este acuerdo.»

El DOT indica que a partir de las Decisiones Administrativas 155, 219 y 268/2021 la Administración Nacional de Aviación Civil «forzó la reducción» de los servicios de los operadores Norteamericanos en porcentajes que van del 33 al 66%, tomando Enero de 2021 como base. El departamento agrega que en algunos casos los operadores tuvieron que cancelar vuelos porque ANAC ofreció tiempos de arribo «inviables desde el punto de vista comercial».

El 13 de Abril el DOT envió a la ANAC una carta preguntando cuál era la metodología utilizada por la autoridad aeronáutica Argentina, carta que fue respondida el 10 de Mayo sin información concluyente. Una serie de reuniones virtuales del DOT y de la embajada norteamericana con ANAC, tampoco obtuvo resultados «concluyentes».

En paralelo, el Departamento de Transporte observó que a partir de la misma base (Enero 2021), la cantidad de vuelos de Aerolíneas Argentinas había descendido un 43 por ciento en Febrero, pero que contrajo esa reducción a un 18 por ciento para el mes de Abril. El DOT señala que los operadores norteamericanos no tuvieron permiso para una recuperación similar.

El DOT, con esta información, concluyó que «el interés público requiere que el operador presente su cronograma para que podamos determinar si el funcionamiento de los servicios
contenidos en esa programación puede ser contrario a la ley aplicable o afectar negativamente dicho interés público «.

Por tanto, el Departamento de Transporte decidió imponer a Aerolíneas Argentinas la obligación de enviar antes del 24 de Mayo un detalle de las operaciones a realizar desde y hacia Estados Unidos, indicando:

  • El equipo utilizado o a utilizar,
  • La frecuencia y días de operación de cada vuelo
  • El aeropuerto específico a utilizar en cada punto
  • La hora de arribo y partida de cada punto

La compañía Argentina deberá indicar además las combinaciones, acuerdos de codeshare, acuerdos de marca e información adicional con una antelación mínima de 30 días a cada vuelo efectivo a realizar.

El Departamento de Transporte se reserva además el derecho de enmendar, modificar o revocar la orden emitida sin necesidad de audiencia.

 

Fuente: aviacionline.com

 

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