La ANAC actualizó las normas sobre tiempos de vuelo y descanso para tripulaciones aéreas

La nueva resolución establece directrices sobre los límites de vuelo, los períodos de descanso y la gestión del riesgo por fatiga en la aviación civil y de trabajo aéreo.La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó nuevas directrices que actualizan la regulación sobre los tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y gestión del riesgo por fatiga de las tripulaciones aéreas. La medida busca reforzar la seguridad operacional y adecuar la normativa a los estándares internacionales del sector.
A través de la Resolución 812, el organismo estableció las pautas técnicas e interpretativas para la implementación del Decreto 378/2025, que regula los límites de vuelo, los descansos mínimos y la gestión de fatiga para los operadores que no adopten su propio sistema de gestión de fatiga, conocido como FRMS (Fatigue Risk Management System).
La resolución introduce modificaciones en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) para adaptarlas a las disposiciones del decreto vigente. Entre los principales cambios, la ANAC aprobó la posibilidad de que los explotadores aéreos implementen el FRMS bajo declaración jurada, siempre que garanticen un nivel de seguridad equivalente o superior al previsto por la normativa.
En los casos en que las empresas no cuenten con dicho sistema, deberán ajustarse estrictamente a los límites generales de vuelo y descanso establecidos. De este modo, la regulación busca unificar criterios y reforzar los mecanismos de control sobre la fatiga de las tripulaciones. La normativa también incorpora un documento complementario destinado al trabajo aéreo, donde se detallan las reglas de aplicación del FRMS en ese tipo de operaciones. Además, incluye directrices interpretativas para facilitar la correcta implementación del nuevo régimen de descanso y gestión de fatiga dentro de la aviación civil.
La resolución establece que los explotadores deberán planificar y ejecutar sus operaciones garantizando que las tripulaciones estén en condiciones óptimas de descanso y alerta. A su vez, los pilotos deberán realizar una autoevaluación permanente de su estado de fatiga y abstenerse de volar si detectan una disminución en su capacidad para desempeñar sus funciones con seguridad.
Por último, la ANAC encomendó a la Unidad de Planificación y Control de Gestión la realización de las correcciones editoriales y la publicación de las modificaciones en el sitio web institucional. Una vez cumplido este paso, la medida será incorporada oficialmente al Archivo Central Reglamentario, completando así el proceso de actualización normativa.
Con esta resolución, la autoridad aeronáutica nacional busca consolidar un marco regulatorio más preciso, alineado con las buenas prácticas internacionales y centrado en la seguridad y bienestar de las tripulaciones.



