La ANAC moderniza la regulación aeroportuaria apostando a una mayor eficiencia operativa

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26/01/2026 cuestionentrerriana.com.ar – Nota

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) aprobó las Resoluciones N.%BA 54/2026 y N.%BA 55/2026, mediante las cuales se actualizan las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) y se ordena el marco normativo del ámbito aeroportuario, con el objetivo de mejorar la eficiencia operativa, clarificar responsabilidades y fortalecer la seguridad operacional. Las modificaciones se alinean con estándares internacionales y con las recomendaciones de auditorías realizadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

En este contexto, se aprobó una nueva edición de la RAAC Parte 153 y se incorporó la RAAC Parte 77, ambas orientadas a consolidar un esquema de gestión más ágil y eficiente, en el que la ANAC mantiene y refuerza su rol como autoridad aeronáutica, concentrando sus funciones en el control, la supervisión y la fiscalización del sistema.

La actualización de la RAAC Parte 153 introduce un nuevo esquema operativo que transfiere a los explotadores de aeródromo determinadas funciones que hasta ahora eran ejercidas por las Jefaturas de Aeródromos y Aeropuertos de la ANAC. Entre ellas se incluyen los servicios de dirección y seguridad operacional en plataforma, la emisión de credenciales vehiculares y permisos de conducción en el área de movimiento, el servicio Follow-Me y el control de vehículos.

Asimismo, los explotadores pasarán a ser responsables de notificar directamente al Servicio de Información Aeronáutica (AIS) sobre las condiciones del aeródromo, sin intervención previa del jefe de aeródromo. Esta medida permite optimizar los tiempos de comunicación de información crítica, como el estado de la superficie de pista, y eliminar demoras innecesarias en la transmisión de datos operativos relevantes.

En materia de emergencias, se actualizaron los requisitos vinculados a los Planes de Emergencia de Aeródromo (PEA). Los aeródromos públicos controlados deberán contar con un Plan de Emergencia de Aeródromo aprobado por la ANAC, mientras que los aeródromos públicos no controlados y privados, de menor complejidad y riesgo operativo , deberán disponer de un Plan de Respuesta a la Emergencia, basado en la coordinación con los medios locales , sin necesidad de aprobación previa del organismo.

Además, se estableció que los comités locales —como los de Seguridad Operacional, Riesgo por Fauna y Facilitación — serán coordinados por los explotadores de aeródromo, quedando el jefe de aeródromo a cargo de las funciones de control y fiscalización correspondientes. Los explotadores deberán presentar ante la ANAC, dentro de los 30 días corridos desde la publicación de la normativa, un cronograma de transferencia de los servicios operativos , cuya implementación deberá concretarse en un plazo máximo de 180 días, bajo supervisión del organismo.

Por su parte, la RAAC Parte 77 establece un marco normativo específico para obras, instalaciones y actividades de terceros en el entorno aeroportuario , como la construcción de edificaciones o la instalación de antenas, aerogeneradores u otras estructuras. La norma apunta a garantizar la seguridad operacional y la regularidad de las operaciones aéreas, definiendo los requisitos obligatorios para este tipo de intervenciones.

Esta nueva regulación unifica y ordena la normativa vigente en un único cuerpo regulatorio, concentrando las exigencias aplicables a actores no directamente vinculados a la aviación civil, y se armoniza con el Reglamento AeronáuticoLatinoamericano (LAR) 77, alineando la normativa argentina con los estándares regionales.

Las medidas adoptadas consolidan un modelo de gestión aeroportuaria más eficiente y ordenado , en el que la ANAC refuerza su rol como autoridad aeronáutica, focalizando sus funciones en el control y la fiscalización, y alineando la operación aeroportuaria con los estándares internacionales de Seguridad Operacional.

Imagen: archivo (Foto Uri)
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