Se oficializó la prórroga de despidos por 90 días
Este sábado, el Gobierno oficializó la prórroga por 90 días de la normativa que prohíbe los despidos y extiende la obligatoriedad del pago de una doble indemnización, al ampliar la declaración de la emergencia ocupacional hasta el 31 de diciembre de este año en virtud de la pandemia.
La Casa Rosada lo hizo a través del DNU 39/2021, cuyo artículo 1° establece ampliar «hasta el 31 de diciembre de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19 y ampliada por sus similares Nros. 528/20 y 961/20».
Mientras que el 2° detalla que se prorroga «la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 90 días corridos contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 891/20».
Asimismo, se extiende «la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 90 días corridos» y quedan exceptuadas «las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, como consecuencia de la emergencia sanitaria».
A su vez, el DNU declara que los despidos y las suspensiones que violen lo dispuesto «no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».
Y completa que «durante la vigencia de la emergencia ocupacional, en los casos de despidos sin justa causa no cuestionados en su eficacia extintiva, la trabajadora afectada o el trabajador afectado, tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente, en los términos del citado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19».
De este modo, las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente. La medida ya generó rispideces en sectores industriales, como la UIA, que consideraron que «no existe justificación» para semejante disposición.
“Ya no hay justificación para eso, ya que bajaron las suspensiones y la curva de contrataciones cambió y la industria se recupera”, expresó Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la UIA y titular de la COPAL, la cámara de las alimenticias, en diálogo con Clarín.
Fuente: informepolitico.com.ar