TRUMP FIRMA DECRETO QUE SANCIONA A PAÍSES QUE SE DEMOREN EN REPATRIAR A SUS CIUDADANOS DESDE EE.UU. DURANTE LA PANDEMIA

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14/04/2020 AviacionNews.com – Nota

SGR
Mucho se ha escrito sobre el lento proceso que lleva adelante el Gobierno argentino para repatriar a muchos argentinos que quedaron varados en distintas ciudades del mundo a partir de la cancelación de los vuelos comerciales y del cierre de las fronteras. La puja más grande se da entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene a su cargo a quienes no han podido regresar todavía, y el Ministerio de Salud que teme que la llegada de estos viajeros pueda aumentar la cantidad de infectados locales. Es así que la ANAC, bajo la estricta vigilancia del equipo que dirige el ministro Ginés Gonzales García, solo autoriza vuelos de “repatriación” o de “excepción” con cuentagotas y desde destinos como Quito, Ecuador, Costa Rica, Cancún, La Habana, Sydney y Punta Cana, pero no autoriza desde aquellos destinos donde se concentran la mayor cantidad de argentinos varados como Estados Unidos (Miami especialmente) y Europa. Inclusive se da la paradoja de vuelos de compañías como Air FranceKLM y Lufthansa, que vienen a repatriar europeos pero que vienen en ferry hasta Ezeiza. O Eastern que vino la semana pasada a buscar estadounidenses. ¿Qué pasará ahora? El decreto firmado por Donald Trump el viernes de la semana pasada permitiría suspender el procesamiento de visados a aquellos países que se nieguen o retrasen la repatriación de sus ciudadanos durante la pandemia de coronavirus. Es obvio que no lo hacen por solidaridad con los extranjeros, sino para evitar “riesgos inaceptables para la salud pública de los estadounidenses». De acuerdo con la orden, el secretario de Seguridad Nacional deberá notificar al secretario de Estado si algún gobierno extranjero, tras haber sido notificado, no cumple con la petición de evacuar a sus ciudadanos. Entonces, según el decreto, “el secretario de Estado deberá, en un plazo máximo de 7 días, adoptar e iniciar un plan para imponer las sanciones de los visados”.

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