Turismo: los pasajes al exterior no pagarán el 30% extra si toda la operación se hace en pesos

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21/12/2019 09:42 – LaVoz.com.ar (Córdoba) (Tier 1) – Web – 

Entre las distintas excepciones al 30 por ciento de recargo para la compra dólares que establece la ley de emergencia sancionada en horas de la madrugada en el Senado, se incluye la exclusión del impuesto para los pasajes internacionales (aéreo, terrestre y por vía acuática) que contemplen operaciones totalmente en pesos.
Tal como quedó redactada, la excepción que fue incluida durante el extenso debate en Diputados y cuya modalidad de aplicación se conocería con la reglamentación de la norma, podría favorecer a Aerolíneas Argentinas, según publica Clarín.
La modificación se sumó a raíz del pedido del diputado José Luis Ramón, quien planteó la necesidad de excluir del 30 por ciento de recargo a los viajes entre zonas o ciudades limítrofes, como es el caso entre Posadas y Encarnación, siempre que se paguen en pesos.
Ante la solicitud, se introdujo un cambio en el inciso E, del artículo 32, el cual ahora indica: «En la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación».
Es decir que las operaciones que no impliquen cambio de divisas quedarán excluidas, como pedía el diputado Ramón. Sin embargo, como quedó redactada, la norma no especifica que los viajes sean entre ciudades limítrofes y podría interpretarse de manera amplia, no sólo para ciudades limítrofes.
Se espera que la reglamentación de La ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública termine de zanjar el interrogante y explicite cuáles serán los límites del impuesto para el caso de los pasajes.

 

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