Multa a Ryanair por “prácticas desleales” con los reembolsos

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NO CUMPLÍA CON LA NORMATIVA

Facua alega que la low cost dilató en exceso el plazo máximo para la devolución de los importes

Actualizado 21 octubre, 2022 || Por R. P.

Nuevo revés judicial para Ryanair, de nuevo en forma de sanción. La low cost ha sido condenada por la Agencia Catalana del Consumo al pago de 40.000 euros por poner trabas a la hora reembolsar billetes a los usuarios por los vuelos cancelados durante el estallido de la pandemia. (Nueva multa a Ryanair: 24.000 euros por cobrar equipaje de mano)

La demanda fue presentada por Facua, quien acusa a la compañía de “dilatar en exceso el plazo máximo para la devolución de los importes”. Alega que Ryanair informaba de que “podía tardar en efectuarse hasta 28 días después de la solicitud de reembolso, pese a que la normativa europea obliga a que se haga en “siete días””.

“Se ofrecerá a los pasajeros el reembolso en siete días, según las modalidades del apartado 3 del artículo 7, del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero”, sostiene el reglamento

Pese a que la aerolínea interpuso un recurso de alzada, el ente catalán lo ha desestimado. En el escrito, señala que la multa se impone por “realizar prácticas comerciales desleales por acción o por omisión que provoquen o puedan provocar en la persona consumidora un comportamiento económico que de otra forma no habría tenido”.

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