Cómo funciona el FAL: el nuevo sistema que cambia las indemnizaciones y redirige aportes

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lineasindical.com.ar/25 febrero

La reforma laboral crea un Fondo de Asistencia Laboral obligatorio, modifica el cálculo de despidos y traslada recursos que hoy financian el sistema previsional hacia cuentas administradas por entidades financieras.

La reforma laboral aprobada en Diputados incorporó uno de sus capítulos más debatidos: la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un esquema que reemplaza el sistema tradicional de indemnización por despido. El oficialismo sostiene que aportará previsibilidad a las empresas y reducirá la litigiosidad, mientras que sectores opositores advierten que el nuevo mecanismo altera el destino de aportes que actualmente integran el sistema jubilatorio.

El FAL obliga a cada empresa a constituir una cuenta específica en una entidad financiera, destinada exclusivamente al pago de futuras indemnizaciones del personal registrado. Esos fondos generarán intereses y estarán sujetos a comisiones de administración. No se trata de un fondo estatal tradicional: los recursos serán gestionados por entidades financieras habilitadas, bajo regulación de la Comisión Nacional de Valores.

El financiamiento del sistema es uno de los puntos centrales del debate. Las empresas deberán aportar un porcentaje de la masa salarial -2,5% en general y 2% en el caso de pymes, con posibilidad de incremento por reglamentación-. Ese aporte reemplaza contribuciones que hoy se destinan a la Anses, lo que abre interrogantes sobre el impacto fiscal y previsional del nuevo régimen.

En paralelo, la reforma modifica el cálculo de la indemnización. Se excluyen del cómputo conceptos como vacaciones no gozadas, aguinaldo y otros adicionales, lo que reduce la base indemnizatoria respecto del esquema vigente. Sin embargo, si al momento del despido el fondo acumulado no alcanza para cubrir la indemnización correspondiente, la empresa mantiene la obligación de completar la diferencia con recursos propios.

El sistema solo podrá aplicarse a trabajadores registrados y no alcanzará a quienes tengan menos de un año de antigüedad. Además, durante los primeros seis meses desde la promulgación de la ley no podrán retirarse fondos, con el objetivo de permitir una acumulación inicial que garantice respaldo ante eventuales despidos.

La norma también prevé que el empleador podrá dejar de aportar cuando alcance un nivel mínimo de cobertura suficiente para cubrir futuras indemnizaciones, parámetro que será fijado en la reglamentación. En caso de cierre de la empresa, el empleador podrá recuperar el saldo remanente del fondo siempre que no existan deudas laborales pendientes.

En cuanto a los límites de uso, el dinero del FAL no podrá destinarse a fines distintos a la indemnización de trabajadores registrados. Si se comprueba una utilización indebida, el empleador deberá reintegrar el doble del monto utilizado más los intereses correspondientes, según establece el texto aprobado.

Estimaciones privadas calculan que el fondo podría movilizar entre US$ 3.000 y US$ 5.500 millones anuales, recursos que hoy forman parte del circuito previsional. Ese volumen explica parte de la controversia política y sindical que rodea al proyecto.

Imagen: archivo

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