EL NUEVO CÓDIGO AERONÁUTICO DECRETADO POR DNU 70/23 SERA REGLAMENTADO. LA COMISIÓN REGLAMENTADORA YA FUE CREADA. EN 180 DÍAS DEBERÁ ESTAR LISTO

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8 febrero, 2024 – aviacionenargentina.com.ar

Según se publicó en el Boletín oficial la resolución 6/2024 creo la comisión que reglamentara el nuevo código aeronáutico que abrió los cielos argentinos. La tarea deberá ser realizada en no más de 180 días. El abogado Hernán Gómez fue designado como coordinador. El Ministerio del cual depende el transporte tiene a su Ministro públicamente echado del Gobierno pero sigue en funciones.

Si bien habría cosas mucho más importantes que la reglamentación de la nueva norma aerocomercial por temas de coyuntura que afectan al sector dado que no hay autoridades aéreas designadas a dos meses de iniciado el gobierno de Milei, durante este 8 de febrero del 2024 comenzaran las reuniones con las líneas aéreas para iniciar la reglamentación del nuevo código aeronáutico decretado por el DNU 70/23 con vigencia plena.

Para ello fue creada la comisión de Reglamentación del CÓDIGO AERONÁUTICO, con carácter ad hoc y cuyos integrantes actuarán ad honorem, la que funcionará en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, con el objeto de elaborar y proponer un texto de reglamentación que contemple las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 al CÓDIGO AERONÁUTICO.

Hernán GómezEn un contexto poco claro, con el Ministro de Infraestructura echado pero en funciones –hay rumores que indican además un pedido de licencia concedido- solo está firme y en funciones el Secretario de Transporte, Franco Mogetta, mientras que estarían los nombres confirmados para asumir en ANAC, EANA, SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEREO, INTERCARGO Y ORSNA pero ninguna de esas personas ha sido nombrada en su cargo oficialmente. Desde estos cimientos se comenzara a reglamentar el nuevo código aeronáutico que abrió los cielos, desreguló la rampa, modifica normas laborales y reasigna el modo y la manera de subsidiar al transporte aéreo en la argentina.

Lo publicado en el Boletín oficial indica que el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia No 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 mediante el que se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

El DNU abordo la situación actual del transporte aéreo, expresando que “… la política aeronáutica argentina ha limitado fuertemente el desarrollo de la industria aerocomercial, pilar fundamental no solo de su integración federal, sino fundamentalmente del desarrollo económico y turístico”.

Que por tal razón, dentro de las medidas adoptadas por el mencionado Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, se entendió “…imperativo un reordenamiento integral de la legislación aerocomercial para dotar al mercado de un entorno competitivo que otorgue la suficiente flexibilidad para llegar a todas las ciudades argentinas”.

Lo importante sobre estos dos puntos es que la necesidad del mencionado reordenamiento no fue estudiada ni probada con datos que evidenciaran un existente desorden.

Compartimos la resolución 6/2024 creadora de la comisión reglamentadora del nuevo código aeronáutico.

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la Comisión de Reglamentación del CÓDIGO AERONÁUTICO, con carácter ad hoc y cuyos integrantes actuarán ad honorem, la que funcionará en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, con el objeto de elaborar y proponer un texto de reglamentación que contemple las modificaciones introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023 al CÓDIGO AERONÁUTICO.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados desde la publicación de la presente resolución, la Comisión creada por el artículo que antecede deberá elevar para consideración de esta SECRETARÍA DE TRANSPORTE los avances registrados respecto de la consecución de su cometido.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase con carácter ad honorem al Dr. Hernán Adrián Gómez, DNI 23.809.518, como Coordinador de la Comisión creada por el artículo 1° de la presente resolución, quien determinará su organización y funcionamiento interno.

ARTÍCULO 4°.- Invítase a la industria y a los distintos actores del sector a los fines de participar de la Comisión creada por el artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO 5°.- La creación de la Comisión de Reglamentación del CÓDIGO AERONÁUTICO no implica erogación presupuestaria para el Estado Nacional.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Franco Mogetta e. 07/02/2024 N° 5037/24 v. 07/02/2024

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