
Fallo judicial
El máximo tribunal revocó una sentencia que había elevado de oficio la reparación correspondiente a un trabajador accidentado. Determinó que, si el trabajador no cuestiona el monto reconocido en primera instancia y la única que apela es la ART, la Cámara no puede aumentar la condena y perjudicar a quien presentó el recurso.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo con impacto sobre los litigios laborales al establecer límites a la posibilidad de que los tribunales de segunda instancia modifiquen indemnizaciones cuando esa cuestión no fue planteada por las partes.
La decisión surgió del caso de Sergio Leandro Emanuel Pagani, un técnico electricista que sufrió un accidente laboral en agosto de 2017 mientras realizaba tareas de instalación sobre una escalera y padeció una lesión en una rodilla.
En una primera instancia, la Comisión Médica había determinado una incapacidad permanente del 5%, porcentaje que posteriormente fue elevado al 16% por la Justicia. A partir de ese cálculo, Provincia ART fue condenada a pagar una indemnización superior a los $240.000, más intereses.
El punto central del conflicto apareció durante la apelación. La ART cuestionó el método utilizado para determinar la reparación, mientras que el trabajador no apeló el monto otorgado y consintió la sentencia de primera instancia.
Sin embargo, cuando el expediente llegó a la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, los magistrados consideraron que la suma resultaba insuficiente frente al piso mínimo establecido por la legislación sobre riesgos del trabajo y decidieron modificarla de oficio.
La Cámara llevó así la indemnización desde poco más de $240.000 más intereses hasta una suma superior a $1,6 millones, pese a que el trabajador no había solicitado esa revisión en su apelación.
El límite que estableció la Corte
El caso llegó finalmente a la Corte Suprema, que, en un fallo unánime firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dejó sin efecto la resolución de la Cámara.
El máximo tribunal entendió que se había vulnerado el principio de “reformatio in pejus”, una garantía procesal que impide que quien es el único que apela una sentencia termine en una situación más desfavorable como consecuencia de su propio recurso.
En términos concretos, la Corte determinó que si solamente una de las partes apela, el tribunal superior no puede utilizar ese recurso para agravar su situación respecto de la sentencia original. En este caso, Provincia ART había sido la única que cuestionó el fallo, mientras que el trabajador había aceptado el monto establecido.
La Corte también recordó que las cámaras no tienen facultades ilimitadas para revisar una sentencia: su intervención debe ajustarse a los agravios que efectivamente fueron planteados por las partes durante el proceso.
El pronunciamiento no implica que los tribunales laborales estén impedidos de revisar o actualizar indemnizaciones en términos generales. La discusión central pasa por cuándo y bajo qué condiciones pueden hacerlo: la Corte cuestionó que la Cámara aumentara de oficio una reparación que el propio trabajador no había recurrido.
De esta manera, el máximo tribunal fijó una pauta relevante para futuros conflictos laborales: la protección de los derechos del trabajador no habilita a los jueces a apartarse de las garantías del debido proceso ni a resolver cuestiones que quedaron fuera de la apelación.



