Las triquiñuelas de las aerolíneas para no indemnizar a los viajeros, al descubierto

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WINGTOCLAIM AVISA A LOS CONSUMIDORES

Las huelgas, averías, temporal adverso o congestión de tráfico son algunas de las excusas utilizadas
Actualizado 28 enero, 2023

R. P.Cuando ocurre situaciones de retraso o cancelación de algún vuelo, ciertas compañías aéreas tratan de aplicar triquiñuelas para librarse de tener que indemnizar a los pasajeros. La asociación legal experimentada en este tipo de asuntos, WingtoClaim, detalla cuáles son las principales excusas que utilizan para salir ilesas del pago.

La primera es una avería en el avión, un motivo que no es relevante, ya que “están obligadas a mantener sus aviones en perfecto estado para volar”. Así, “en caso de incidencias por problemas técnicos tienen que indemnizar a sus pasajeros”. Lo mismo ocurre con las condiciones meteorológicas adversas. Los retrasos por lluvia y nieve no eximen a las aerolíneas de sus obligaciones.

Otra de las prácticas que utilizan las compañías aéreas es decir que “hay que esperar” a que llegue el avión de otro destino, dejando a los pasajeros sin saber donde embarcar. Algo similar ocurre con los viajeros procedentes de otras escalas. La asociación explica que “es responsabilidad de la aerolínea el determinar los horarios y criterios para que el avión salga en hora”, por lo que “nunca puede ser una excusa”.

Los retrasos por congestión de tráfico aéreo no son una circunstancia extraordinaria, al igual que tampoco lo son el repostaje de combustible del avión; el descanso de la tripulación; enfermedad u otras causas personales del piloto; o la caída de un rayo en vuelo.

Pero la más polémica es qué ocurre cuando hay huelga. Esta situación se ha observado muy asiduamente durante el 2022, y WingtoClaim lo tiene claro: “Las huelgas del personal de la aerolínea tampoco son consideradas ajenas a una empresa. De este modo, no es motivo para dejar de indemnizar a sus pasajeros”.

En resumen, recuerda que “las aerolíneas solo son exoneradas del pago de indemnizaciones si la causa de la incidencia es “ajena a la empresa, imprevisible e inevitable” y la compañía tiene que demostrar que ha tomado todas las medidas posibles para tratar de solventarla”.

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