Limitan la utilización de las aeronaves públicas

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10/08/2024 Diario Popular – Nota – Información General – Pag. 14

LA ANAC DEBERA DICTAR UNA REGLAMENTACION EN UN PLAZO DE 120 DIAS

No podrán ser usadas en ninguna actividad de índole privada, según dispuso el Gobierno nacional. Estarán afectadas a las tareas propias de su «condición jurídica esencial», se sostiene en el decreto. El Ejecutivo puso límites al uso de las aeronaves del Estado.

El Gobierno nacional dispuso que las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas en ninguna actividad privada, y solamente estarán afectadas a las tareas que hacen a su condición jurídica esencial al servicio del poder público.

«Las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas para realizar ninguna actividad aérea distinta de aquella que hace a su condición jurídica esencial al servicio del poder público». Y queda prohibida «su utilización en cualquier actividad aérea que, por su condición, pueda ser considerada propia de una aeronave privada», dispone el decreto 2024-712 firmado por el Presidente Javier Milei.

La normativa especifica: «Las aeronaves privadas de titularidad del Estado Nacional, de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los Municipios y de entes descentralizados, desconcentrados o de empresas estatales, podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte aéreo y trabajo aéreo en cuanto cuenten con las autorizaciones correspondientes otorgadas por la autoridad aeronáutica».

El decreto instruye a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para que, en el término de 120 días contados a partir de su publicación, dicte una normativa específica relativa al uso de aeronaves públicas o privadas de propiedad estatal.

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