Los detalles de la resolución que habilitó los vuelos de cabotaje

653
0
Compartir:

15/10/2020 LaNacion.com – Noticias

Economía | Boletín Oficial

15 de octubre de 2020   • 04:23 El Gobierno derogó este jueves el artículo vigente desde mediados de marzo que suspendía los vuelos de cabotaje , como medida preventiva para contener la expansión del Covid-19. De esta manera, tal como había sido confirmado ayer por los ministros de Transporte, Mario Meoni, y de Turismo y Deportes, Matías Lammens, se dio luz verde al regreso de los vuelos regulares en el país.

Tras la medida anunciada ayer, restaba la oficialización de la resolución, que finalmente fue publicada hoy en el Boletín Oficial. No obstante, Meoni aclaró este miércoles que el restablecimiento de los vuelos de cabotaje «no será inmediato» y dependerá de la demanda que tengan las empresas y de la voluntad de las distintas provincias.

Asimismo, los funcionarios anunciaron que en una primera etapa estos servicios podrán ser utilizados solo por trabajadores esenciales y personas que deban trasladarse por cuestiones de salud más un acompañante en caso de que sea necesario. En cuanto a la posibilidad de ampliar los vuelos a turistas y pasajeros en general se dejará para más adelante, con la intención de que se concrete antes de fin de año.

Con estas modificaciones, sin dejar de lado el contexto de pandemia que aún atraviesa el país, el documento indicó que los pasajeros deberán contar con el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 -que se puede obtener mediante la App Cuidar-.

Mientras que los operadores de los servicios de transporte deberán contar con procedimientos y protocolos elaborados por el Ministerio de Salud y «estarán obligados a extremar activamente los recaudos para prevenir la propagación del coronavirus en cumplimiento del conjunto de medidas y recomendaciones necesarias para brindar a las usuarias y los usuarios y a las trabajadoras y los trabajadores de la actividad las mejores condiciones de salubridad».

Según indicaron, la implementación de estas medidas será fiscalizada por la Administración Nacional de Aviación Civíl (ANAC), que será la que apruebe las programaciones horarias de las operaciones de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial, con la conformidad de los gobernadores, de acuerdo a la situación epidemiológica que presente cada provincia.

A través de esta resolución, el Gobierno hizo hincapié en que «los servicios de transporte de pasajeros aéreos de cabotaje son estratégicos para el desarrollo de las economías regionales de país y complementarias de las demás actividades productivas del país y su reactivación es medular para iniciar la progresiva y paulatina normalización».

Por último, el Ministerio de Transporte resaltó: «El período de suspensión transcurrido ha permitido avanzar en la determinación de pautas claras para el control de salubridad en los servicios de transporte aéreo de cabotaje, que permitirán la implementación de protocolos sanitarios diseñados para tales servicios».  

 

Compartir: