Profesionales de la Seguridad Aérea ®
   
INICIOCONTACTENOS
 
 
 
COMUNICADOS
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
ÚLTIMO MOMENTO
NOTICIAS AERONÁUTICAS
ENCUESTA VIVIENDA
Nota Delegados Gremiales APTA
Archivos
APTA
Quiénes somos
Historia de lucha
Ricardo Cirielli
Mantenimiento
Despacho
Estatuto
Ficha de Afiliación
FABRICACIONES
NUESTRO TRABAJO
Fotos
Videos
CAMPEONATO DE FÚTBOL
CAMPEONATO 2011
JUBILADOS
Reglamento
Noticias
EMPRESAS
Fábrica Argentina de Aviones
EMPRESAS REPRESENTADAS por APTA
SEGURIDAD AEREA
Informe especial
Caja negra

Doce propuestas

Informe de la Casa Blanca sobre Seguridad Aérea

Denuncias
INFORMES ESPECIALES
Destino FInal
CAPACITACION
Primer seminario
Segundo seminario
Tercer seminario
Cursos y carreras
Idiomas
TURISMO
Camping El Pucará
Hoteleria
Quinta 11 de enero
Campos recreativos
Miniturismo
Excursiones
Transportes
OBRA SOCIAL
Servicios Asistenciales
Farmacias Sindicales
  O.S.P.T.A.
PLANES PREVENTIVOS
 



29/10/2008 02:59
La Nación - Nota - Cartas de Lectores - Pág.17
El tortuoso rescate de Aerolíneas Argentinas

Por Adolfo Rodríguez Saá
Para LA NACION
El Congreso de la Nación aprobó, pese a las voces que alertaron sobre lo que iba a suceder, el llamado rescate de Aerolíneas Argentinas, mediante la compra de su paquete accionario; si bien no se aprobó el acta de acuerdo que había suscripto el secretario de Transporte de la Nación con los representantes de Interinvest S.A., tampoco quedó bien expresado su rechazo. El Poder Ejecutivo Nacional contaba con las herramientas para avanzar en una quiebra, la única manera de transparentar lo ocurrido y también para adquirir la empresa >por un precio justo asegurando la prestación del servicio. Efectivamente, la empresa se encontraba en cesación de pagos.

Esto no sólo fue expuesto por el PE en el mensaje de elevación del proyecto de ley, sino que también lo dijo Julio Alak, director por el Estado y gerente general de Aerolíneas Argentinas S.A., y reconocido por Vicente Muñoz, director corporativo de Marsans y miembro del Consejo de Transición, durante el plenario de comisiones, al tratarse el proyecto de ley en el Senado de la Nación; éste expresó que nunca habían negado la cesación de pagos y que se habían cansado de perder dinero. Además, lo había dicho la propia Presidenta. Existía, entonces, una confesión pública de su estado de insolvencia, amén de los hechos que lo demostraban.

El Estado estaba legitimado como acreedor para solicitar la declaración de quiebra. Según el informe del pasivo que por escrito había dejado el secretario de Transporte en el Senado de la Nación, la Fuerza Aérea Argentina era titular de un crédito concursal privilegiado, por la suma de US$ 13.986.462; además, en el pasivo posconcursal, el Estado es acreedor por US$ 48.616.398 en concepto de protección radioeléctrica, tasas, contribuciones patronales, aportes e ingresos brutos de administraciones provinciales.

Estaba asegurada la continuidad del servicio. El Estado comenzó las transferencias de fondos el 11 de julio y alcanzó el 26 de agosto la suma de $309.200.000, según informó Julio Alak, y no es menor recalcar que las transferencias se realizaron aun antes de suscribir el acta acuerdo de rescate de la empresa con fecha del 17 de julio. Tácitamente, el Estado había tomado la conducción de la empresa.

Se lo catalogara o no como servicio público, en los hechos se le estaba dando ese tratamiento; el propio juzgado lo había consignado en sus resoluciones; consecuentemente, se estaban aplicando las disposiciones de la ley de quiebra en materia de servicios públicos, sin haberla declarado; sólo restaba la sentencia, cuyo efecto, importantísimo, no afectaría la prestación del servicio. Con estos presupuestos asegurados, avanzar en el camino falencial implicaba un verdadero beneficio para el país.

La conveniencia de avanzar en la declaración de quiebra tiene no sólo una razón jurídica, sino una razón política pública que merece ser examinada.

La declaración de quiebra permitía la investigación y determinación en forma transparente del pasivo. Ante la quiebra, los acreedores deben concurrir al juez, y será él quien determine cuál es el pasivo total de la empresa, que se abonará con el producido de su venta. Tal como se ha establecido actualmente, el Estado se hace cargo del activo y del pasivo, y al momento de sancionar la ley, no existía un balance aprobado, y como dejó sentado en el Congreso la Auditoría General de la Nación, no se le habían entregado los papeles necesarios para poder investigar al respecto. Actualmente, el balance según las noticias periodísticas ha sido aprobado sin la conformidad del Estado nacional, y existen importantes diferencias en la tasación del paquete accionario de ambas empresas, entre la efectuada por encargo de Interinvest S.A. y la del Tribunal de Tasaciones de la Nación. La Argentina podía evitar hacerse cargo del pasivo, y se tomó la decisión contraria: se asumió la obligación de pagarlo en un 100%.

La declaración de quiebra permitía la investigación de las actuaciones realizadas en la operatoria de la empresa. En el mensaje de elevación al Congreso del proyecto de ley, el PE denunció que Marsan S.A., como titular mayoritario de ambas empresas, efectuó una serie de maniobras comerciales para confundir los patrimonios, y asumieron Aerolíneas Argentinas las pérdidas y Austral Líneas Aéreas-Cielos del Sur S.A. las ganancias de la operatoria.

También los gremios, al asistir a la reunión plenaria de comisiones en el Senado, más allá de sus distintas posturas, denunciaron graves irregularidades en el manejo de la compañía y de sus activos. Es más, Ricardo Cirielli, secretario general de APTA y subsecretario de Transporte de la Nación entre 2003 y 2007, dijo haber hecho en 2004 un informe a la Secretaría de Transporte en el que denunciaba la falta de inversiones en Aerolíneas Argentinas y la estafa que llevaba adelante el grupo Marsans, y que luego se lo expresó personalmente, al Presidente.

Hay otro elemento que agregar; en oportunidad de realizar la sindicatura concursal el informe general verdadera auditoría de pasivos, consigna que, a pesar de los requerimientos realizados, no se ha podido tener acceso a la documentación y a los registros de estas empresas, situación que hace que algunos actos que podrían ser ineficaces a la luz de la normativa concursal no hayan podido ser esclarecidos. Entre ellos, la constitución del fideicomiso Cóndor, el rescate de las acciones preferidas, el pago del costo de la privatización y de los intereses por Aerolíneas Argentinas S.A., y de otros actos eventualmente perjudiciales, a saber: el mecanismo del apalancamiento instrumentado para adquirir la unidad operativa; la sobrevaluación de los activos aeronáuticos por revalúos técnicos; la transferencia a Interinvest de las acciones de Austral, entre otros. Asimismo, deja constancia de que los originarios accionistas no hicieron los aportes correspondientes para pagar el costo de la privatización, cargando Aerolíneas Argentinas con el pago y el cumplimiento de los intereses de la financiación.

La declaración de quiebra permitía investigar todos los actos denunciados por la sindicatura para ser declarados. Pero también permitía investigar la actuación de representantes y terceros en la facilitación, producción y/o agravamiento de la insolvencia de la empresa, para establecer las responsabilidades que marca la ley concursal y, finalmente, si los supuestos que referencia el PE en su mensaje se logran probar, así como también el vaciamiento denunciado por los gremios, sería pasible de ser extendida la quiebra a los causantes de tal situación, con lo que se lograría una verdadera recomposición patrimonial de Aerolíneas Argentinas, además de las respectivas responsabilidades.

La declaración de quiebra permitía asegurar la prestación del servicio por parte del Estado nacional, y adquirir la empresa a un precio justo fijado judicialmente, con transferencia de los contratos laborales, si el Estado los asumía expresamente.

Finalmente, hoy existen importantes diferencias entre la tasación del Crédit Suisse, realizada a pedido del grupo Marsans, y la del Tribunal de Tasaciones de la Nación, con diferentes interpretaciones del resultado, con una diferencia aproximada de mil millones de dólares.

En virtud de lo expuesto es que podemos evaluar la errónea decisión del Poder Ejecutivo Nacional de optar por la medida de la compra del paquete accionario de la empresa. Efectivamente, la decisión tomada tiene consecuencias gravísimas:

Con fondos públicos, se abona un pasivo de una empresa privada. Se nacionaliza una deuda privada. La pagaremos todos los argentinos. Se impide una verdadera investigación sobre sociedades, representantes y terceros, que aparentemente han vaciado una compañía en perjuicio de los acreedores, entre los cuales se encuentran el Estado nacional y las administraciones provinciales. Se impide una recomposición patrimonial, que es el remedio para el vaciamiento denunciado, y esa recomposición de activos deberá realizarse necesariamente para continuar el servicio, y será, lógicamente, a cargo de los fondos de los argentinos. ¿Es eso trabajar para el bien común?

El autor es senador nacional.

 

<<

 

 
 
dg ipsilon