08/10/2008 03:55
Diario Popular - Nota - Información
General - Pág.8
Rechazan despido de empleado
por hacer llamadas particulares
La Cámara Nacional del Trabajo rechazó
que el uso de líneas telefónicas
de la empresa para realizar llamadas particulares
justifique el despido de un empleado que
no registraba sanciones por hechos similares.
Para la Sala V del tribunal, el trabajador,
que se desempeñaba como operador
de un “call center” de la empresa
Aerolíneas Argentinas, podía
haber merecido “un duro reproche”,
pero no la disolución del vínculo
laboral, indicaron fuentes judiciales.
El empleado fue despedido el 8 de septiembre
de 2005 por haber realizado, semanas antes,
varios llamados en horas de la madrugada
a distintas localidades bonaerenses, inclusive
una a un “club de encuentros”.
Otra oportunidad
Los camaristas Oscar Zas y María
García Margalejo afirmaron que el
trabajador tenía derecho a “una
última oportunidad”, ya que
no quedó demostrado que su inconducta
fuera tan grave que impidiera proseguir
la relación laboral.
Los magistrados consideraron que el despido
fue un castigo “desproporcionado”
y, por lo tanto, “generó responsabilidad
indemnizatoria de la demandada”.
La empresa había argumentado que
la conducta del empleado provocó
la pérdida de más de medio
centenar de llamadas entrantes que no pudieron
ser atendidas.
El trabajador admitió haber realizado
llamadas, varias de larga duración,
a las localidades bonaerenses de General
Rodríguez y Chascomús, que
alteraron el desenvolvimiento normal de
sus tareas y las de sus compañeros.
Las fuentes consultadas agregaron que el
monto de la condena, con las costas judiciales,
oscila los 100.000 pesos.
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