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¿CUÁNTAS MENTIRAS MÁS?

AIR COMET-MARSANS DESPIDE PRIMERO E INICIA JUICIO POR DESAFUERO DESPUÉS, “RESPETANDO CADA PASO LEGALMENTE PREVISTO”


Continuando con su línea de conducta empresarial y personal, los controladores españoles de AEROLÍNEAS ARGENTINAS han emitido un comunicado donde nuevamente engañan y mienten a sus trabajadores. El compañero Secretario Adjunto de APTA. a cargo de la Secretaría General, Juan Pappalardo, fue lisa y llanamente despedido el 12/11/03 según se constata en el telegrama que a continuación se adjunta, a pesar de contar con inmunidad gremial para el ejercicio de su funciones sindicales. Fue dejado cesante sin más procedimiento, que la voluntad por el abuso de poder y el autoritarismo que ejercen los españoles de AIR COMET-MARSANS, violando derechos y garantías expresamente consagrados para los argentinos, en nuestra Constitución Nacional, leyes nacionales e internacionales.

Si AIR COMET-MARSANS decide iniciar ahora algún proceso judicial contra el Cro. Pappalardo, será luego del hecho consumado por ellos mismos de su cesantía, lo cual no hace más que evidenciar la ilegalidad e ilegitimidad de los hechos, que ahora trata de desvirtuar y encubrir.

Este acto de persecución sindical y amedrentamiento es otro intento de los españoles de AIR COMET-MARSANS, que será en vano, por destruir a los que acusan e inculpan a causa del nuevo vaciamiento y estafa que están cometiendo con AEROLÍNEAS ARGENTINAS; pero es también sin lugar a dudas, un muy grave precedente y amenaza para todo el sindicalismo argentino, y las garantías constitucionales con que cuenta para ejercer su tareas; y por supuesto mucho más, para todos los trabajadores de nuestra Línea Aérea de Bandera y Austral.

Qué pueden esperar los compañeros de esas empresas en cuanto a respeto de sus leyes y convenios laborales, sin mencionar su estabilidad laboral, si de esta forma los dueños de las mismas respetan los fueros de un alto dirigente sindical, y lo explícitamente determinado por la Constitución Argentina.

Cómo pueden ser confiables los españoles de AIR COMET-MARSANS por más fervientes promesas que hagan, ante estos hechos concretos que las desmienten.

¿No ha llegado el momento de que los compañeros que aún creen en la gestión de Air Comet-Marsans se pregunten cuánto tiempo más será conveniente para su salud laboral continuar engañándose a sí mismos, y pensar que en verdad creen en las reiterativas, inverosímiles y ya notorias patrañas de AIR COMET-MARSANS?. ¿Cuántas mentiras, engaños, encubrimientos y trampas más serán necesarias para reconocerlo y reaccionar a tiempo, para poder cambiar el rumbo de mortal picada que tiene hoy nuestra historia?

Antes que sea demasiado tarde.

Ciudadela, 14 de noviembre de 2003.


TRANSCRIPCIÓN TELEGRAMA DE DESPIDO

JUAN LEONARDO PAPPALARDO


ANTE GRAVES Y PERSISTENTES INJURIAS DE SU PARTE, PROFERIDAS DE MANERA SISTEMATICA CONTRA EL PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA EMPRESA CON LA CUAL MANTIENE UN CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO CUYAS OBLIGACIONES DE CONDUCTA SE MANTIENEN IMPLICITAS, MAS ALLA DE LA SUSPENSION RESPECTO A LAS OBLIGACIONES DE CUMPLIMIENTO, TODO ELLO A TRAVES DE COMUNICADOS DE LA ENTIDAD SINDICAL APTA -ASOCIACION DEL PERSONAL TÉCNICO AERONAUTICO-, CUYA SECRETARIA GENERAL ADJUNTA UD. OSTENTA, UTILIZANDO ESE ROL PARA SUSCRIBIR EN FECHAS 01/10/03 Y 02/10/03, SENDOS COMUNICADOS DE PRENSA, SUMADO A MANIFESTACIONES PUBLICAS QUE EFECTUARA ANTE DISTINTOS MEDIOS DE PRENSA, COMO FUE EL CASO DE LA DECLARACIÓN REALIZADA EL 23/10/03 AL PERIODISTA OSVALDO NOGARES, IMPUTANDO EN CADA UNO DE ESTAS OPORTUNIDADES CONDUCTAS Y CALIFICACIONES CONTRA LA PERSONA DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DE AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. Y DE ALGUNOS DE SUS DIRECTORES, QUE VIOLENTAN DE MANERA FLAGRANTE E IRREVERSIBLE EL PRINCIPIO DE BUENA FE GENERICA QUE INFORMA EL CONTRATO DE TRABAJO QUE LO UNE A ESTA COMPAÑÍA. DESDE YA QUE EN SU DOBLE CARÁCTER DE EMPLEADO Y SECRETARIO ADJUNTO DE APTA SU EMPLEADOR PUEDE TOLERAR QUE EN EL EJERCICIO DE LAS DEFENSAS PROFESIONALES Y DE ORDEN COLECTIVO CORRESPONDIENTES A LA CATEGORIA DE TRABAJADORES QUE RESPRESENTA, ADOPTE POSICIONES PARA LAS CUALES LA PROTECCION SINDICAL ADQUIERE SENTIDO, PERO ELLO NO LO HABILITA PARA COBIJARSE EN DICHA INMUNIDAD GREMIAL Y EMPLEARLA COMO SI SE TRATARA DE UN MECANISMO DE IMPUNIDAD PARA PROFERIR DESCALIFICACIONES QUE AGRAVIAN Y A LA VEZ CONFIGURAN UNA CLARA PERDIDA DE CONFIANZA, A PARTIR DE LA AUSENCIA DE FUNDAMENTOS UTILIZADA Y EL CLARO PROPOSITO DE AFECTAR EL CLIMA DE ARMONIA LABORAL, EMPLEANDO MENDACIDADES ORIENTADAS A DESESTABILIZAR LA CONDUCCIÓN EMPRESARIA, DESGASTAR LA IMAGEN DEL ACCIONISTA Y RECUPERAR PROTAGONISMO, IMPUTANDO ENTRE OTRAS ACCIONES: -LA DE REDUCIR A AEROLINEAS ARGENTINAS Y AUSTRAL A SU MINIMA EXPRESION HASTA HACERLAS DESAPARECER TOTALMENTE-, -CALIFICAR AL PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DE EL GRUPO EMPRESARIO DE DELICUENTE CONDENADO EN ESPAÑA EN DOBLE INSTANCIA, NO MERECEDOR DE ESTAR AL FRENTE DE NUESTRA LINEA AEREA DE BANDERA-, O CALIFICAR AL MISMO COMO UN –DELINCUENTE QUE LA ESTA VACIANDO A LA COMPAÑÍA-. ASIMISMO, EN EL COMUNICADO DEL 1/10/03 QUE LLEVA SU FIRMA, CALIFICA AL PRESIENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO Y A UNO DE SUS DIRECTORES COMO –EXPERTOS EN EMBUSTES Y EXTORSIONES UTILIZANDO SOBORNOS PARA ENCUBRIR UNA ADMINISTRACION FRAUDULENTA-, IMPUTACIONES DELICTUALES POR LAS QUE TAMBIEN DEBERA RESPONDER EN LA INSTANCIA PENAL CORRESPONDIENTE, SALVO QUE CONSIDERE QUE EN UNA COMUNIDAD ORGANIZADA Y EN DERECHO ESTA AUTORIZADO A AGRAVIAR. MENOSCABAR, INSULTAR Y DESPRECIAR SIN SOPORTAR LAS CONSECUENCIAS DE SUS ACTOS. HACE AUN MENOS COMPRENSIBLE LA VIRULENCIA DE SUS DICHOS CUANDO LE ATRIBUYE AL ACCIONISTA MAYORITARIO DEL GRUPO EMPRESARIO LA EXISTENCIA DE –UN FALTANTE DE CASI 600.000.000 DE DOLARES EN CARÁCTER DE VUELTO QUE SALIO DE ESPAÑA Y NUNCA LLEGO A LA ARGENTINA- COMO SI ESTO NO BASTARA, SIN MEDIR LAS CONSECUENCIAS DE SUS DICHOS PLANTEA QUE AEROLINEAS ARGENTINAS SE ENCUENTRA EN UNA –SITUACION INDISCUTIBLE DE COLAPSO FINANCIERO-, TODO LO CUAL HACE INSOSTENIBLE LA PROSECUCION DEL VINCULO LABORAL QUE LO UNE A AEROLINEAS ARGENTINAS S.A. COMO CONSECUENCIA DE LAS INJURIAS PROFERIDAS Y SIN ELEMENTOS QUE JUSTIFIQUEN SEMEJANTE ACCIONAR, EL QUE EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE GREMIAL IMPONE UN MINIMO DE RESPONSABILIDAD, CONFIGURANDOSE ASI LOS EXTREMOS CONTEMPLADOS EN EL ART. 242 Y CONCS. DEL REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO, POR LO QUE QUEDA DESPEDIDO POR SU EXCLUSIVA CULPA Y A RESULTAS DE LA ACCION DE EXCLUSION DE TUTELA SINDICAL QUE PROCEDEREMOS A INICIAR EN FORMA INMEDIATA Y DENTRO DE LOS PLAZOS PROCESALES CONTEMPLADOS EN EL ART. 52 DE LA LEY 23551, REGLAMENTADA POR EL DECRETO 467/88.

AEROLINEAS ARGENTINAS S.A.

BOUCHARD 547 6P CAPITAL FEDERAL

Gabriel Morselli
Secretario de Prensa
APTA.

 

 

 

 

 

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